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1 de febrero de 2014

Iglesia de Bogajo


Fotografía tomada en la tarde del domingo 2 de junio del pasado año 2013. Estaba buscando imágenes para el anuncio audiovisual de las Fiestas de San Juan de Bogajo en TVV (Televisión Villavieja).

13 de mayo de 2012

Bogajuelo

No está corriendo pero casi. Las lluvias de las últimas semanas han dejado a este arroyo a las puertas de echarse a correr. Si las lluvias continuasen,....

Fotografía tomada el pasado viernes 11 de mayo.

27 de febrero de 2012

Robo en Bogajo


Cuando con el establecimiento de la vía férrea, Vitigudino se quedó sin ferrocarril, se habilitó la estación de Bogajo como depósito de mercaderias. De hecho se construyó por aquel entonces la carretera que ponía en comunicación la citada estación con Vitigudino. El hecho de que el almacen y la estación estuviesen en descampado..., pues eso que estáis pensando. ¡Candidatos perfectos al robo!

Ante el Juzgado del partido de Vitigudino comparecieron ayer en la sección primera Ramón Martín Romero y María Josefa Arias López, a responder de los cargos que le resultaban en causa instruida en dicho juzgado por el delito arriba expresado. 

El hecho. Convenían el fiscal señor Saiz y el abogado del Estado señor Casas, partes acusadoras en el proceso, en que se cometió la noche del 15 al 16 de Octubre de 1913, en la forma que pasamos a indicar.

a) Puestos de acuerdo los procesados con otras personas hoy desconocidas, para robar el almacén de mercancías de la estación de Bogajo, lugar no habitado, pero habitable, en la noche del 15 al 16 de Octubre de 1913, que buscaron de propósito, penetraron en aquel por un hueco que existe entre las paredes y el techo, y una vez dentro fracturaron varios bultos de los allí existentes y se apoderaron de varias mercancías, entre ellas mercaderías, quincalla y chocolate por valor de 1.637 pesetas 45 céntimos, parte de los cuales vendieron por aquellos pueblos a bajo precio, siéndoles después al ser detenidos ocupados otra parte tasada en 731 pesetas 5 céntimos.
b) En la misma noche, y fracturando la puerta de la cantina de aquella estación, lugar completamente cerrado y propiedad de Desiderio Hernández, sustrajeron de ella géneros que aprovecharon, tasados en 22 pesetas 10 céntimos, causando un daño en aquella valor de una peseta.
 c) Del coche que hace servicio de Vitigudino a Bogajo, sustrajeron con ánimo de lucro, sin fuerza ni violencia y contra la voluntad de su dueño, de varios efectos pertenecientes a Marcos Sendín, Pedro Velasco y Juan Sánchez, tasados en 79 pesetas.


Entre las mercancías mencionadas en el apartado a) figuran 156 cajas de cerillas de la clase fina, número 3, tasadas en 7 pesetas 80 céntimos, las cuales sustrajeron los procesados de un bulto consignado al delegado del monopolio de cerillas en Vitigudino. Por lo que se refiere a este particular, es la intervención del abogado del Estado en el proceso.


Los hechos referidos constituyen dos delitos de robo, uno en cantidad superior a 500 pesetas, otro de hurto y una falta de contrabando. De expresados delitos son civilmente responsables en concepto de autores los procesados por participación directa y voluntarla.
Concurre y es de apreciar en contra de los mismos la circunstancia agravante de nocturnidad, dimanada de los hechos que quedan consignados. La defensa, a cargo del letrado señor González Martín, en oposición a lo afirmado por las acusaciones, sostenía que en los hechos por aquéllas relacionados, no tuvieron participación alguna los procesados.


Las pruebas. Los dos acusados en el acto del juicio estuvieron negativos, manifestando únicamente el Ramón que los géneros que le fueron ocupados los compró a un individuo que hasta ahora no ha sido hallado. En el sumario aparece la manifestación de varios testigos, que aunque nada presenciaron sospechaban que los autores del hecho hubieran sido los procesados, pero al juicio solamente compareció el dueño de la cantina a ratificar su aserto sumarial.


Conclusiones definitivas. Las acusaciones limitaron su acción a considerar a los dos procesados como autores únicamente del hecho relacionado en el apartado a) de su escrito de calificación provisional. Y la defensa persistió en la negativa en cuanto a María Josefa, y respecto a Ramón, entendía que debía ser considerado encubridor, del delito calificado por las acusaciones, por haber comprado los géneros con conocimiento de su ilegítima procedencia, para aprovecharse de los mismos.
En este estado del juicio se suspendió la sesión hasta las cuatro de la tarde. Continuó el acto a la hora señalada. Informaron por su orden los acusadores y el defensor para mantener sus respectivas pretensiones, pidiendo al Jurado que dictase veredicto conforme a lo que unos y otro mantenían. Hizo luego el resumen, según es de ley, el presidente de la sección de Derecho señor Santiuste, y una vez verificado, se retiró el Jurado a deliberar.


Los jueces de hecho resolvieron la contienda de acuerdo con lo pretendido por las acusaciones por lo que respecta al Ramón, declarándole culpable, y en cuanto a la María Josefa, conforme solicitó la defensa, fué proclamada su inculpabilidad.


Juicio de Derecho. En vista de la resolución del jurado, las partes acusaron al Ramón como autor de un delito de robo en lugar no habitable, ni habitado, por cantidad superior a 500 pesetas y en sentir de las acusaciones con la circunstancia agravante de nocturnidad, que la defensa no apreciaba, solicitando, en cuanto al mismo, que fuese condenado conforme a la ley, interesando la absolución de la María Josefa, con toda clase de pronunciamientos favorables. La representación del Estado pidió además que el Ramón fuese condenado por la falta de contrabando de que también lo declaró el Juzgado culpable. La defensa, conforme con las acusaciones en cuanto a la calificación del delito y la participación del procesado, entendía que no era de apreciarse la circunstancia agravante de nocturnidad, y solicitó de la Sala que lo condenara a la pena de tres años, seis meses y veintiún días de presidio correccional, accesorias y costas, y que absolviera a la María Josefa con toda clase de pronunciamientos favorables. En definitiva, la Sala dictó sentencfa, en la que condenó al Ramón Martín Romero a la pena de tres años de presidio correccional, accesorias y pago de la mitad de las costas, absolviendo a María Josefa Arias López, declarando de oficio la otra mitad de las costas. Terminó el juicio a las ocho. El Licenciado Salvadera




Adelanto, 24 de marzo de 1915

9 de octubre de 2011

El doctor Calvo y Román

Iglesia de Bogajo
Publicamos a continuación un pequeño artículo aparecido en el periódico provincial "El Adelanto" hace ahora unos cien años, concretamente el 12 de Octubre de 1911. En él se nos expone una sucinta biografía de un ilustre sacerdote, natural de la vecina localidad de Bogajo y que ejerció su ministerio sacerdotal durante treinta y tres años en Barruecopardo.

El doctor Calvo y Román

Si hubiésemos tenido el honor de ser visitados por la eminencia cardenalicia que cita en su Centenario de Aldeamojada el ilustre don Luis Maldonado, al ser objeto de su habitual pregunta sobre lo más notable de esta villa, sin dilación y sin titubeos hubiésemos contestado al unísono: lo más notable de Barruecopardo es su venerable párroco, el sabio y virtuoso sacerdote doctor don Juan José Calvo y Román.

No es extraño, pues, que Barrueco llore su muerte, acaecida en estos días, ya que al perderle, ha desaparecido lo más notable del pueblo, sumergiéndole en una especie de orfandad moral, pues con él llenábamos muy cumplidamente nuestro natural deseo de que el forastero intelectual encontrara en éste apartado rincón, algo que no fuera la incultura natural de la aldea, algo que saliera del ordinario marco rural y, remontándose sobre el pardo barbecho y empinadas crestas de nuestros campos, se internase en disquisiciones históricas y filosóficas con la firmeza del cirujano que, conociendo a perfección el humano organismo, hunde en él su habilísimo escalpelo.

No es posible en una crónica periodística, ni de ello sería yo capaz, dar completa idea de la laboriosa vida de este esclarecido varón, consagrado a un estudio incesante, no interrumpido jamás por otros terrenales menesteres: trazaremos rápido bosquejo de su historia.

Nació el doctor don Juan José Calvo y Román de humildísimos padres en Bogajo, allá por el año 1836, y su precoz inteligencia y desusada aplicación le llevaron al seminario de Ciudad Rodrigo, donde sirviendo de fámulo, cursó sus estudios con grandísimo aprovechamiento. Bien pronto destacose con marcado relieve sobre los demás, ganando en buena lid el calificado de pozo sin hondón con que se le designaba.

Aprobó, con notas superiores, siete años de Latín, Humanidades y Filosofía, y siete de Sagrada Teología, recibiendo por gracia en el mismo Seminario el grado de Bachiller en Teología, por unanimidad de votos. En el Seminario de Salamanca obtuvo los grados de licenciado y doctor en la citada Facultad de Teología némine discrepante; y en su Universidad literaria el grado y título de profesor de Latinidad y Humanidades. Fué en el Seminario de Ciudad Rodrigo mayordomo interior, secretario de estudios y catedrático, explicando sucesivamente hebreo, francés, latín, historia profana y sagrada, geografía, literatura, perfección de latín y oratoria sagrada.

Representó a la diócesis como teólogo consultor en un concilio celebrado en Valladolid. Hizo varias oposiciones a dignidades eclesiásticas, distinguiéndose en todas y dejando honda huella en el ánimo de los tribunales que le juzgaron, no obteniendo resultado práctico en parte por sus maneras un tanto ordinarias y acaso por fiar demasiado en sus conocimientos, olvidando que para los tentáculos de la influencia son ligera malla hasta los gruesos muros de los templos. De haber seguido indicaciones del malogrado obispo, señor Izquierdo, seguramente hubieran variado las cosas, pero, ya escéptico, las desoyó y vino a este arciprestazgo, donde llevaba al morir treinta y tres años.

Ha hecho distintas traducciones, algunas de gran mérito, como la del San Pío V, y ha puesto comentarios a cuantas obras han llegado a su alcance. Ha publicado varios folletos sobre distintos temas y asuntos, alguno sobre la legitimidad de los reyes, é inéditas ha de conservar cosas interesantísimas. Sus oraciones, repletas de doctrina y salpicadas de luminosas citas, no eran debidamente apreciadas por su excesiva llaneza, pero en cambio era su conversación amenísima y abundosa.

Era una autoridad dentro y fuera de la diócesis, y hay mil rasgos de su talento y de su aplicación, pero haciéndose esto largo, termino diciendo que la muerte de este preclaro sacerdote se ha de sentir en esta comarca, al igual que se siente la desaparición de una biblioteca; pues tal era para todos, y ello ha de mover seguramente al ilustradísimo prelado de Ciudad Rodrigo, a meditar sobre su sucesión, ya que un descenso brusco sería penoso y expuesto, sí bien hay virtudes que en gran parte compensan el desnivel científico.
Descanse en paz el venerable sacerdote y, conociendo el general sentimiento de esta villa, me complazco en transmitirlo a sus hermanos y sobrinos, que ven con razón en su muerte el moral derrumbamiento del solar de sus mayores.

FÉLIX GONZÁLEZ.
Barruecopardo, Octubre de 1911.

7 de octubre de 2011

Fiestas en Bogajo

Traemos hoy a estas páginas, un cartel de las Fiestas de San Juan en Bogajo del año 1950, año en el que se inauguró el actual edificio del Ayuntamiento (por las trazas, debió ser realizado con toda probabilidad por canteros y albañiles de Villavieja, que habián terminado un año antes el de nuestro pueblo).


El documento se encuentra en el Archivo Municipal de Villavieja de Yeltes.

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25 de septiembre de 2011

Robo frustrado

Y además con muerto incluido, pero no porque el dueño interceptase a los posibles ladrones, sino por desavenencias entre los propios cacos. ¿Qué fue lo que originó que los asaltantes se liasen a tiros entre ellos? ¿....?

En el Gobierno civil recibióse ayer un telegrama del comandante del puesto de la guardia civil en Bogajo, dando cuenta de que, en la casa del vecíno del mismo, Miguel Martín, habíase intentado cometer un robo, comenzando a practicarse un escalo, y que en el corral de la misma había aparecido el cadáver de un hombre.

De las declaraciones posteriores dadas por referido comandante, se deduce que Juan Puente Vázquez, Agustín Martin y Eugenio Alvarez, los dos primeros naturales de Bogajo, de Cerralbo el último, y todos avecindados en la primera localidad, pusiéronse de acuerdo para robar la casa de Miguel Martín, penetrando en el corral de la misma sobre las doce de la noche del 12 del actual y comenzando a practicar un escalo.
Estando efectuándolo, debió ocurrir entre ellos alguna desavenencia, que degeneró en riña sangrienta, de la que resultó muerto Juan Puente y herido otro de los reunidos. Han sido detenidos los dos criminales y no parece que haya más compilcados en el hecho.

El señor Gobernador civil ha ordenado a los dependientes de su autoridad procedan con la mayor actividad a depurar la verdad de lo ocurrido y dispuesto que algunas parejas de la guardia civil salieran esta mañana para el pueblo de Bogajo.
El Lábaro, 14 de Marzo de 1900

A pesar de lo que nos dice la nota publicada en "El Lábaro" la muerte no debió de ser instantánea, si nos atenemos a lo indicado por el párroco en la partida de defunción en la que escribe que el fallecido murió a las tres de la mañana -el robo comenzó a las doce- y que había  "recibido los sacramentos de Penitencia y Extremaunción" :

En el lugar de Bogajo, Obispado de Ciudad Rodrigo, a catorce de marzo de mil novecientos, yo, don Adolfo Sánchez Vicente, Cura párroco de esta Iglesia de Nuestra Señora del Peral, mandé dar sepultura eclesiástica en el cementerio de este pueblo al cadáver de Juan Puente Vázquez, natural y vecino de este pueblo, de cuarenta y tres años de edad, consorte de Emilia Herrero Arroyo que falleció el día trece del mismo mes a las tres de la mañana a consecuencia de dos heridas penetrantes de pecho producidas por arma de fuego, según certificación facultativa, habiendo recibido los sacramentos de Penitencia y Extremaunción. Fueron testigos Urbano ¿Vindez? y Eduardo Herrero de esta vecindad. Y para que conste autorizo la presente fecha ut supra.


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5 de junio de 2010

Espanto mortal

Con ese título podríamos calificar a un trágico accidente ocurrido en la vecina localidad de Bogajo el día 4 de Julio de 1890. Hacía apenas dos años y medio que el tren habá iniciado su andadura por estos campos del oeste salmantino, cuando se cobró su primera víctima, Eso sí, de forma indirecta, y es que el ganado de entonces no estaba habituado a silbatos de locomotoras ni traqueteos de vagones ... Veamos como lo recogía el número 79 del semanario " El Avanzado" que por aquellos años se publicaba en Vitigudino :


El Avanzado, 16 de Julio de 1890.
Semanario de intereses morales y materiales.
Director propietario: Isidoro Hernandez Arroyo.
Jefe de redacción: Manuel González Moro


A las siete de la mañana, hora en que se aproximaba el tren a la estación de Bogajo, se espantó la borriquilla en que iba montado el anciano Mateo del Arco, vecino de dicho pueblo, siendo aquel arrojado al suelo con tan mala suerte que quedó sin vida en el acto. El Juzgado conoce del hecho.

El fatal accidente había ocurrido el día 4 de Julio. Según la partida de defunción que se basa en el dictamen de los médicos, la muerte le sobrevino por "dislocación de la segunda vértebra cervical". Contaba el fallecido sesenta y cinco años de edad. Estaba casado con Joaquina Puente.

Hoy nos resulta bastante llamativa la calificación de anciano que se le asigna en la publicación a una persona con sesenta y cinco años, pero las personas que alcanzaban esa edad en aquella época eran realmente pocas.