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11 de junio de 2011

¡Caida, -que no bajada- de pantalones!

En mi constante búsqueda de datos y cosas para publicar en este blog no ceso de encontrarme con numerosos hechos y anécdotas algunas de ellas la mar de curiosas. Hace unos días os hablaba del impuesto de los chisqueros que se ponía en marcha justo cuando otro denostado impuesto, el de "consumos" tenía sus días contados.  Ocurría esto en el año 1911, hace ahora justamente cien años. A pesar de que lo que voy a relatar no tiene relación alguna con Salamanca, no me resisto a publicarlo.

Era el día 1 de junio de 1911. En el Senado se discutía precisamente sobre el tema de los "consumos". Un senador, don Saturnino Esteban Miguel y Collantes, conde de Esteban Collantes, había presentado un enmienda a la supresión de dicho impuesto...., pero, veamos como lo contaba El Adelanto del día 2 de dicho mes y año:


... A última hora de la sesión celebrada ayer en el Senado, ocurrió un incidente que alejó de la Cámara a todas las señoras que en ella se encontraban, originando, además, un escándalo de risas y de jolgorio que duró largo rato. Se discutía el proyecto de consumos. La Cámara se hallaba muy animada. Llegó la hora de aprobarse la totalidad del proyecto, y se aprobó. Seguidamente presentó una enmienda el señor Esteban Collantes, que se levantó a defender ardorosamente. A poco de comenzar su discurso el orador, se vió, con gran asombro, que se le caían los pantalones y los calzoncillos hasta llegar, en su lenta caída, a las rodillas. Esteban Collantes seguía hablando sin darse cuenta de lo que le ocurría. Apercibidos muchos senadores de ello, rompieron en formidables risas. Entonces se produjo en la Cámara un júbilo indescriptible. Las risas eran generales, como también los aplausos. Las señoras abandonaban la tribuna precipitadamente. El momento fué de un jolgorio desbordante que la campanilla presidencial no pudo cortar. Collantes se apercibió al fin de que los pantalones se le habían caído, siguiendo la misma ruta, hasta las rodillas, los calzoncillos. Azoradísimo el orador, interrumpió su discurso, y echándose las manos a los pantalones se los subió hacia arriba, agazapándose en su escaño.

Bueno, bueno,... La verdad es que el redactor de El Adelanto ha exagerado un poco la situación, aunque la caída de los pantalones existió realmente. "La Correspondencia de España" un periódico madrileño también recogía el incidente en su edición del mismo dia en estos términos:

Cuando más entusiasmado se hallaba el conde de Esteban Collantes censurando e! proyecto del Gobierno... ¡se le caen los pantalones al respetable senador, quedando en ropas menores! Ante aquel espectáculo nunca presenciado ni previsto en ninguna Cámara legisladora, la mayoría prorrumpe en una salva de aplausos.
Todas los senadores ríen a mandíbula batiente; las señoras que ocupan las tribunas ocultan sus rostros con los abanicos. El presidente agita sin cesar la campanilla, en tanto que los secretarios se retuercen de risa en sus sillones.
La seriedad y solemnidad de la Cámara desaparecen durante algunos minutos hasta que el señor conde, agachado en su escaño, consigue subirse los pantalones y abrochárselos de nuevo, terminando así el imprevisto incidente.
Entre risas v sonrisas continúa su discurso el conde de Esteban Collantes, que no pierde su serenidad por lo ocurrido...

Parece ser que reanudó su discurso con una frase de esas que luego pasan a la posteridad:  "Puestas asi las cosas en su lugar,....."

Terminaremos diciendo que cuatro años más tarde, llegaría a ser Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes con el Gobierno de Eduardo Dato.

21 de enero de 2011

Incendio en un corral

Ocurrió en el verano de 1890, concretamente el 19 de julio, si nos atenemos a los datos suministrados por el periódico salmantino "El Fomento" que daba cuenta de dicha noticia en su edición del día 26 de julio de 1890 en estos términos:



A las dos de la tarde del sábado último, un voraz incendio que desde los primeros momentos tomó grandes proporciones redujo á cenizas diversas clases de combustible, que en no pequeñas cantidades había almacenadas en un corral de Manuel Zúñiga, vecino de Villavieja. En el incendio perecieron abrasadas algunas gallinas, sufriendo además considerables desperfectos las casas contiguas al lugar del suceso, que se cree fue casual, sin haber que lamentar en él desgracias personales.
El Fomento, 26 de Julio de 1890

8 de enero de 2011

Homicidio en la Peligrosa

Hace ya más de un par de años estaba buscando información acerca del famoso crimen de la Montaraza de Grandes, (ver entrada: http://bit.ly/dSjo2U) cuando me encontré por casualidad con la noticia de un homicidio ocurrido en Villavieja precisamente pocos días después de ese famoso asesinato perpetrado en el pueblo de Grandes, hoy anejo de Cipérez.
La noticia  del homicidio villaviejense aparecía en una publicación semanal que a finales del siglo XIX se editaba y publicaba en Vitigudino. Se llamaba "El Avanzado, semanario de intereses morales y materiales". En el número 62 publicado el día 13 de marzo de 1890 se decía:

A hora avanzada de la noche correspondiente al día 5 del mes actual salían de la taberna del Serrano en Villavieja, cuatro mozos llamados Vicente Cañizal, Evaristo Merchán, Angel Hernández y Mariano Mateos, entre los cuales sobrevino una pendencia por cuestión de faldas y amoríos, según se cuenta, que previos unos cuantos pinchoteos, dio por resultado un muerto (el Mariano) un herido (el Ángel) y dos prisioneros (el Vicente y el Evaristo) quienes por la Guardia Civil (y creemos que convictos) fueron trasladados a la Cárcel del Partido.

El Juzgado de instrucción conoció del hecho tan luego como tuvo conocimiento de él, pasando a Villavieja y desplegando tal actividad y celo en las actuaciones que muy pocos dias después se nos aseguró estaba para terminarse el sumario. Hechos como este no necesitan comentarios: le basta la satisfacción íntima que experimenta el que los ejecuta.

Vamos a ir analizando paso a paso la noticia. En primer lugar la fecha. En principio consulté otras dos fuentes que se suponen bastante fidedignas y que deberían de coincidir: el Registro Civil y el Libro de Difuntos de la Parroquia. ¡Pero tampoco coinciden! En el primero se realiza la anotación de la muerte de Mariano el día 9 de Marzo, mientras que el segundo sitúa el entierro el día 8 de Marzo y la muerte el día 7.

Mariano, de Francisco Mateos y Sabina López
(esta corresponde a la cara anterior)

A los ocho días del mes de marzo de mil ochocientos noventa, el infrascito cura párroco de la de San Pedro Advíncula de Villavieja, Obispado de Ciudad Rodrigo, provincia de Salamanca, Juzgado de Vitigudino, mandé dar sepultura eclesiástica a un cadáver del adulto Mariano, hijo legítimo de Francisco Mateos y Sabina López, vecinos de esta villa. Había muerto el día antes de edad de veintiun años y se enterró en el cementerio de esta villa. Recibió el sacramento de la Extremaunción. Fueron testigos Feliciano Arias y José Corral y por ser cierto firmo fecha ut supra.
Lic. Pedro Gómez Román.

Esta última no resulta muy fiable si tenemos en cuenta que la inscripción en el libro de difuntos se realizó, por lo menos, 36 ó 40 días después de ocurrido el fallecimiento ya que hay cuatro partidas de defunción antes de la de Mariano, que están fechadas todas en el mes de Abril, los días 9, 1, 11 y 14,  y asi lo hace constar el párroco cuando escribe al margen "esta [partida] corresponde a la cara anterior".  El periódico "La Región" publica el sábado día 8 una reseña de un parte de la Guardia Civil que indica que los hechos acaecieron el día 4 de Marzo:

Comunica la guardia civil del puesto de Villavieja, que el día 4 fueron detenidos en aquel pueblo los sujetos Evaristo Merchán y Vicente Cañizal Rodríguez, por haber inferido heridas con navaja de bastante gravedad a Mariano Mateos López y Ángel Hernández Alonso, en reyerta tramada por referidos sujetos que han sido puestos a disposición del Juez municipal, quien instruye las primeras diligencias.

Como se observa, en la mencionada reseña no se recoge aún el fallecimiento de ninguna persona, lo cual podría indicar que la muerte de Mariano no fue instantánea sino que se demoró algún tiempo, ¿quizás dias? Esto explica quizás la disparidad de fechas manejadas por las diversas instancias. Así pues, vamos a tomar el día 4 de Marzo de 1890  como la fecha más probable en la que ocurrió el altercado que terminó de manera tan trágica.

Bien, una vez establecida la fecha, pasemos al lugar. Se nos dice que  "salían de la taberna del Serrano". ¿Dónde se ubicaba ésta?  Pues según todos los indicios -recuerdos de gente del pueblo que oyó en su día hablar de ella- parece ser que estaba en la calle Peligrosa, posiblemente en la confluencia de dicha calle con la de la Fuente Abajo, en el lugar donde se situaría con posterioridad la casa de Antonio Velasco  y Jacinta Prieto. Nos quedamos, por tanto, con el dato, pero con las consiguientes reservas.

En cuanto a las personas intervinientes en la reyerta, ya hemos leído en las publicaciones anteriores sus nombres: Mariano, Ángel, Evaristo y Vicente.  "El Nuevo Progreso" , otro periódico salmantino de la época, nos precisa sus edades y profesiones, en su edición del domingo 9 de Marzo de 1890:

La Guardia Civil del puesto de Villavieja detuvo, días pasados, a dos sujetos llamados Evaristo Merchán Calzada, de 22 años, soltero y de oficio albañíl, natural de dicha villa, y a Vicente Cañizal Rodríguez, de 24 años, soltero y de oficio molinero, natural de Peleas de Abajo [Zamora], por haber acometido con navajas y herido de gravedad  a Mariano Mateos López y Ángel Hernández Alonso, naturales y vecinos de Villavieja, albañiles de oficio, y los dos de 21 años y solteros.

Como se ve, tres eran naturales de Villavieja y uno de fuera, aunque presumiblemente vecino de la misma. Transcribimos a continuación algunos datos de los villaviejenses:
  • Evaristo Merchán Calzada había nacido el 27 de Octubre de 1867. Fueron sus padres Joaquín Merchán Bernal y Lucía Calzada Prieto. Abuelos paternos: Joaquín Merchán y Jacinta Bernal. Abuelos maternos: Bernardo Calzada y Brígida Prieto.
  • Mariano Mateos López nació el 17 de Septiembre de 1869. Fueron sus padres Francisco Mateos Merchán (albañil)  y Sabina López Moro. Abuelos paternos: José Mateos y María Merchán. Abuelos maternos: Mariano López y Martina Moro.
  • Angel Martin Hernández Alonso nacido el día 1 de marzo de 1870 hijo de Francisco Hernández Martín (jornalero) y Angela Alonso Merchán. Abuelos paternos:  Sebastián Hernández y Martina Martín. Abuelos maternos: Jacinto Alonso  y Evarista Merchán.
 Vamos al meollo del asunto. La reyerta y su trágico final. Según "El Avanzado" se trató de una "cuestión de faldas y amoríos". Cosa bastante probable dada la edad de los cuatro intervinientes, todos solteros y con escasamente veinte añitos. A las "faldas" probablemente se sumó el vino. Y la cosa se torció. Y de que manera. Según parecen dar a entender las informaciones periodísticas se trató de una pelea de dos (Evaristo y Vicente) contra otros dos (Mariano y Ángel). Pero la cosa no parece tan clara como explicaré más adelante. Mariano falleció, según el certificado facultativo aportado por el médico don Ramón Vall Moreno tras la autopsia realizada al cadáver por orden judicial, por "asfixia procedente de una lesión producida en la región yugular". La Guardía Civil detuvo a Evaristo y Vicente y los trasladó a la cárcel de Vitigudino, "convictos" dice un rotativo. El Juzgado de Vitigudino instruye el correspondiente sumario. No debió de tardar mucho en ello, a tenor de lo que dice "El Avanzado". Cuestión de días, con lo que el juicio debió celebrarse poco tiempo después. Posiblemente en la Audiencia Criminal de Ciudad Rodrigo a la que estaba adscrito entonces el Juzgado de Vitigudino. Familiares de Evaristo nos han indicado que estuvo, por lo menos, siete años en prisión. Eso indica, naturalmente que fue condenado. Teniendo en cuenta que el artículo 419 del entonces vigente Código Penal de 1870 especificaba que el reo de homicidio sería castigado con la pena de reclusión temporal y que ésta tenía una duración que iba desde 12 años y un día a 20 años, podemos casi con seguridad afirmar que Evaristo fue condenado a la pena inmediatamente inferior, o sea a la de presidio o prisión mayor cuya duración estaba establecida de 6 años y un día a 12 años. Eso podría indicar que fue considerado cómplice y no autor material. O quizás le aplicaron el artículo 420 que decía:

Cuando riñendo varios y acometiéndose entre sí confusa y tumultuariamente hubiere resultado muerte y no constare su autor, pero si los que hubieren causado lesiones graves, serán estos castigados con la pena de prisión mayor.

Lo cierto es que estuvo en prisión una buena temporada, por algo, que él siempre negó haber realizado. Afirmó con rotundidad a lo largo de toda su vida y en todas las ocasiones que se le presentaban, que el fue inocente. Y quizás tuviese razón. Quizás la pelea se desarrolló de forma directa entre Vicente y Mariano o entre Vicente por un lado y Mariano y Ángel por otro. Quizás Evaristo intervino intentando separar a los contendientes. Es posible que en esa "mediación" sujetase a alguno de ellos, y que ese momento fuese aprovechado por Vicente Cañizal para inferir algún navajazo, .... No podemos saber realmente como sucedió, aunque es bastante probable que fuese así. Esto es lo que podría explicar las reiteradas afirmaciones de inocencia de Evaristo. Todas estas vivencias de  "condena injusta", según él,  y años de presidio hicieron que perdiese, entre otras cosas, la fe en la religión católica haciéndose agnóstico y no practicante declarado, de tal manera que en los libros parroquiales no consta ya, ni su matrimonio, ni el nacimiento de su hijo Martín ni su defunción. A partir de 1904 ejerció el cargo de tesorero de la Agrupación de Trabajadores que se había constituido en Villavieja en el año 1900.

No sabemos nada más de Vicente Cañizal, con toda seguridad autor material de las cuchilladas que causaron la muerte a Mariano Mateos y las heridas a Ángel Hernández. Éste se recuperó de las lesiones y continuó viviendo en Villavieja. Contrajo matrimonio con  Ramona García Calvo y entre sus descendientes se contaron (la relación probablemente no sea exhaustiva): Cristina Rosaura, María Plácida, Juan Francisco  (nacido el 19 de Diciembre de 1897 y en cuya partida de nacimiento se indica que su padre era labrador), Ángel y María Cristina Hernández García.

17 de diciembre de 2010

Muere una niña al caer de un carro

Terrible accidente ocurrido en nuestro pueblo el día 15 de Septiembre de 1890. Una niña de cuatro años resultó muerta al caer de un carro en el que viajaba en compañía de su padre.
El periódico El Fomento de Salamanca recogía este trágico suceso en su edición del día 20 de Septiembre de 1890:
De la parte anterior de un carro, tirado por una pareja de bueyes que guiaba en Villavieja José Manchado vecino del mismo pueblo, dejóse desprender una niña de cuatro años llamada Ignacia Briones, quedando muerta en el acto. La parvulita era hija ¿única? de Luis Briones que en aquellos momentos acompañaba al conductor del carro, habiendo subido a él la niña a invitación de su propio padre, para tener poco después el doble sentimiento de presenciar tan horrible desgracia.

El Juzgado conoce del hecho.
"La Región", otro periódico salmantino de la época recogía también la misma noticia en su edición del 20 de Septiembre en estos términos:
En la carretera de Vitigudino y ya inmediato á dicha Villa; caminaba, un carro guiado por José Manchado vecino de Villavieja: en el interior del vehículo dormía una niña de cuatro años; el movimiento del carro atrajo á la infeliz criatura hasta el borde y en un golpe que dio el carro contra una piedra, se cayó la niña quedando muerta en el acto. El juzgado conoce del hecho.


Transcribimos a continuación la partida de defunción inscrita en los libros parroquiales:

A los quince días del mes de Septiembre de mil ochocientos noventa, el infrascrito cura parroco de la de San Pedro advíncula de Villavieja, Obispado de Ciudad Rodrigo, provincia de Salamanca, juzgado de Vitigudino, mandé dar sepultura eclesiástica al cadaver del párvulo Ignacia hija legítima de Luis Briones y Francisca Montero naturales de esta villa. Había muerto el día antes de cuatro años de edad y se enterró en el cementerio de esta villa. Fueron testigos Felicísimo Arias y José Corral. Y por ser así, firma fecha ut supra.
Lic. Pedro Gómez Román

15 de diciembre de 2010

Robo de cien pesetas

Estaba realizando una pequeña investigación sobre las Ferias de Salamanca cuando me encontré con esta pequeña y escueta noticia en "El Fomento de Salamanca" del viernes, 31 de Agosto de 1897.


La guardia civil del puesto de Villavieja detuvo y puso a disposición del juzgado a la vecina de aquel pueblo Bernardina Calvo Melgar, convicta y confesa de haber sustraído cien pesetas a su convecina Isabel López.
Con esas 100 pesetas en aquellas fechas y al precio que tenían los mercados (alrededor de 48 reales la fanega)  se podrían haber comprado más de ocho fanegas de trigo candeal.

6 de diciembre de 2010

Robo en la Iglesia de Villares

El día 28 de Septiembre de 1889, la publicación "La Semana Católica de Salamanca" en su número 196 daba cuenta en la página 16 de un robo cometido en la Iglesia de la vecina localidad de Villares de Yeltes, entonces perteneciente al Obispado de Salamanca, arciprestazgo de Vitigudino. La noticia, muy breve, decía así:

Ha sido robada la iglesia del pueblo de Villares de Yeltes, llevándose los ladrones un cáliz, el copón que contenía las Sagradas Formas y algún dinero.

Las Formas fueron depositadas sobre la mesa del altar.

El mismo día, el periódico "El Fomento" se hacía también eco de dicha noticia, ampliada con un robo similar habido en el pueblo de Barquilla. Hay sin embargo discrepancia sobre el modo en que aparecieron las formas en la iglesia de Villares.

En estos últimos dias se han cometido dos robos sacrilegos en el partido judicial de Ciudad Rodrigo, uno en la iglesia parroquial del pueblo de  Villares de Yeltes y otro en la del de Barquilla.
Del primero se llevaron los ladrones un cálíz, el copón que contenía las Sagradas Formas y algún dinero. El robo cometido en la segunda consistió en el copón, un cáliz y cuantos objetos de plata que se hallaban en ella.
Las Sagradas Formas, que contentan los copones aparecieron sobre la mesa del altar en el templo de Barquilla, en la iglesia de Villares de Yeltes diseminadas por el pavimento.                  
El Juzgado de Instrucción de Ciudad-Rodrigo sa halla formando los oportunos sumarios, habiendo puesto la Guardia civil a su disposición un sujeto como pregunto culpable del segundo de dichos delitos. 
Días después, un tercer medio de comunicación recoge también la noticia del robo en la Iglesia de Villares. Se trata del semanario "El Avanzado" de Vitigudino que en su número 40, publicado el día 3 de Octubre de 1889 escribe lo siguiente:

Entre los objetos sagrados sustraídos de la iglesia de Villares de Yeltes en la noche del 20 de Septiembre último, figuran el Copón y el Caliz de uso ordinario, una concha y una cayada de plata. El sagrario quedó descerrajado y abierto, con las formas que contenía el Copón sobre el mantel del altar. También desaparecieron treinta pesetas en metálico. Hasta ahora no sabemos que se tenga la menor noticia del paradero de los autores del sacrilego robo.
El Juzgado de instrucción conoce del hecho sin levantar mano ni omitir medio capaz de conducir al esclarecimiento del mismo.

29 de octubre de 2010

El Curandero del Casar de Palomero

En otro lugar de este blog hablamos ya en su día del famoso curandero de Gema que en los primeros años del siglo XX estableció su sede en esa pequeña localidad salmantina. Desde mucho tiempo atrás los curanderos han estado siempre presentes en la vida de las gentes de nuestros pueblos. Se les atribuía poderes curativos, basados en saberes ancestrales o poderes sobrenaturales. Casi al mismo tiempo que el de Gema empezó a alcanzar mucha notoriedad a nivel provincial y nacional un curandero de la comarca cacereña de las Hurdes, en concreto, de la localidad de Casar de Palomero. Su relativa cercanía al territorio salmantino propició que en toda nuestra comarca consiguiera bastante popularidad.
Debido a la aglomeración de enfermos, que llegaban de diferentes lugares de España y extranjero, los domingos los atendía en las afuera del pueblo a la sombra de una higuera; los demás días, en los soportales de su casa; durante una época que estuvo perseguido, también lo hacía en “El Puerto del Gamo”. “Don Tomás”, una vez “adivinado” el mal que aquejaba al paciente, les llenaba el recipiente que les hacía traer, con agua de la fuente del pueblo, en la que echaba unas gotas, de un líquido misterioso elaborado a base de hierbas, cuyas virtudes, según decía, llegó a conocer durante la Guerra de Cuba, donde estuvo como soldado sanitario.


Resulta curioso comprobar como los dos curanderos, el de Gema y el de Casar de Palomero, habían estado en Cuba, lugar donde adquirieron los "conocimientos" curativos.

Con una cierta socarronería, el semanario mirobrigense "Tierra Charra" le dedicaba al curandero de Casar de Palomero unos ripios que publicó en su segundo número que vió la luz el 23 de Octubre de 1927. Son los siguientes:

PELADILLAS

Prodigios del curandero de Casar de Palomero

La fama del curandero
de Casar de Palomero
corre, cual raudo ciclón,
por toda nuestra región.

Con sus dones y virtudes
asombra a las multitudes
y, según el tiempo pasa,
más gente acude a su casa
en busca de la receta
maravillosa y secreta
que por muy pocos reales
da fin de todos los males.

Es un «hacha» el curandero
de Casar de Palomero.

De aquí, de Ciudad  Rodrigo,
es fácil hallar testigo
que acredite con fervor
la gracia de este señor.
Saber que este curandero
es adivino certero,
causa en esta población
asombrosa admiración.

A cualquier hora del día,
con certera puntería,
acierta lo que padece
todo el que ante él comparece.
Y así, el enfermo que ansioso
acude al hombre famoso,
sin explicar su dolencia,
halla remedio en la ciencia
del eximio curandero
que, como el mejor  cubero,
con sólo mirarle un poco,
diagnostica: -¡Usté está loco!
Y a fe que jamás erró
cuando su fallo soltó.

¡Es un hacha el curandero
de Casar de Palomero!

Dijo a una señora vieja
que, amante de sa pelleja,
fué, hace poco, a consultar,
después de hacerla pasar
y de tenerla cercana:
- ¡Usté tiene una almorrana!
Y la vieja dijo: -¡Dos!
-¡Espérese usté, ¡por Dios!
- replicó mal humorado-
tiene usté una... en cada lado...

Nunca marra el curandero
de Casar de Palomero.

El caso más  portentoso
del curandero famoso,
en lo que toca a acertar,
fué esta historia singular:

Un señor de triste aspecto
y de rostro circunspecto
presentóse al curador,
el cual le dijo:  -Señor:
lo de usted, es incurable
y si quiere que le hable...

- ¡Sí, señor, se lo suplico.

—Pues ahí va. Cierre usté el pico;
su mal es de orden moral.

— ¡No parece que va mal!

— Usted ni gasta ni peca;
pero... tiene una hipoteca
que es su agobio y su tortura
y eso... ni Cajal lo cura.

¡Qué sabio es el curandero
de Casar de Palomero!

Mil y mil casos citara
y en dos años no acabara
pues ya pasan de un millón
los milagros del varón
preclaro, que en el Casar
se ha dedicado a curar.

Ante tan grande portento
yo afirmo en este momento
que ya no es, después de Dios,
la gran casa de Quirós,
porque se ha puesto delante
el prodigio deslumbrante
del glorioso curandero
del Casar de Palomero.

Chanito

La ultima estrofa alude a la divisa que aparece en el precioso artesonado de la denominada "Casa de los Vázquez" de Ciudad Rodrigo (actualmente oficina de Correos) y que dice así: "Después de Dios, la casa de Quirós" y que creo que continúa de la siguiente manera: "Despues de Dios, antes de que el sol fuera sol y los peñascos, peñascos, los Quirós eran Quirós y los Velascos, Velascos".

2 de octubre de 2010

Pedrisco como huevos de gallina

Las bolas de granizo o pedrisco suelen ser pequeñas, de algunos milímetros  de diámetro. Sin embargo, de vez en cuando se originan bolas mucho mayores, de varios centímetros  de diámetro debido a que las pequeñas bolas de hielo ascienden y descienden varias veces formándose distintas capas, unas sobre otras. Dependiendo de su tamaño, las bolas de granizo pueden no ser más que una pequeña molestia, o causar daños en automóviles y estructuras de cristal, pudiendo causar heridas a las personas. Debido a su proceso de formación todas ellas tienen una estructura en forma de capas de cebolla, tal y como se puede observar en la foto adjunta.

A finales del mes de Septiembre de 1889, una gran tormenta descargó una lluvia de granizo de respetables dimensiones en el término municipal de Villavieja, si nos atenemos a lo que nos cuenta el semanario El Avanzado de Vitigudino publicado el 3 de Octubre de dicho año.

En el pueblo de Villavieja hay varios labradores contusos á consecuencia del pedrisco de la última tormenta. Nos aseguran que llegaron al suelo piedras que pesaban mas de dos onzas.
Hay que tener en cuenta que en aquella época aún había costumbre de expresar las medidas en las antiguas unidades castellanas. Una onza era la dieciseisava parte de una libra, es decir, 28,75 gramos. Por tanto, las bolas de pedrisco debían pesar cerca de unos sesenta gramos, y teniendo en cuenta la densidad del hielo podríamos deducir que el tamaño aproximado de las mismas sería, más o menos, como el de huevos de gallina. ¡No es de extrañar que produjesen contusiones al golpear en las personas!

21 de septiembre de 2010

Mas cosas sobre las Ferias salmantinas

Y como hoy es la festividad de San Mateo, día en el que se cierran tradicionalmente las Ferias salmantinas, recogeremos en este post algunas anécdotas más de dichos festejos. Seguimos en el año 1897.
Si los toros eran, y son, uno de los grandes atractivos de las ferias de Salamanca, no lo eran menos en aquella época las representaciones teatrales, operetas y zarzuelas, hasta el punto de que llenaban los teatros un día si y otro también.

Las ovaciones y los llenos se cuentan por funciones. Anoche ocurrió un accidente lamentable durante la representación de El Padrino de El Nene. A1 irse á retirar de la escena uno de los actores que salían a caballo y vestidos de picador, se le resbaló y cayó el bruto, interrumpiéndose la representación breves momentos.
Afortunadamente el jinete sufrió solo una ligera contusión. Al hacerse intentos para levantar el caballo, se hundieron algunas tablas del piso del escenario, cayendo el animal al foso. La esposa del aplaudido tenor cómico señor Orejón, que se hallaba entre bastidores, sufrió un síncope, tardando cerca de un cuarto de hora en volver en si. El doctor Cuesta le prestó los auxilios de la ciencia.
El Fomento de Salamanca, martes 14 de Septiembre de 1897
Funcionaban esos años dos teatros: Liceo y Bretón. Además con una programación que variaba cada uno de los días. El primero de ellos  anunciaba para la noche del 14 de septiembre el siguiente programa:
  • La Marcha de Cadiz
  • La Verbena de la Paloma
  • Las tentaciones de San Antonio
con un precio de 3 reales la entrada. El Bretón ofrecía el mismo día, a una peseta la entrada, el siguiente programa:
  • El dúo de la Africana
  • La Viejecita
  • La Riojana
  • La Verbena de la Paloma
 Como se ve, en ambos teatros se escenificaba la conocida zarzuela "La verbena de la paloma" cuya música fue compuesta por el salmantino Tomás Bretón y que había sido estrenada tres años antes (1894) en el teatro Apolo de Madrid.

La cantidad de gente de los pueblos que acudía a la capital salmantina era realmente espectacular. Así, el domingo 12 de Septiembre de 1897
...los trenes trajeron miles de viajeros, que en su mayor parte vinieron con el exclusivo objeto de presenciar la corrida de toros de por la tarde...
Y es que actuaban "Guerrita" y "Bombita" que lidiarían seis toros de Murube. La expectación era muy grande
-¡Ay Jesú! y que calor tan sofocante
decía una señora
que cruzaba la calle de Zamora
de prisa y anhelante
porque la había dicho su criada
que no habia quedado ni una entrada.
- Me voy me voy a ver, es necesario
que encuentre al empresario,
para decirle que no paso apuros,
y doy por una entrada cinco duros.
¡Vaya! que sería una bromita
que no viera yo, a Guerra y a Bombita.
La afluencia de tantos viajeros foráneos propició también que la noche del domingo al lunes hubiese también un lleno a tope de las posadas y alojamientos similares. Y eso ocasionó un accidente en la posada de "La Cadena": 
Anteanoche en la posada de la Cadena se hundió el piso de una habitación en la que había unas veinte personas, las que cayeron entre esconbros. Debajo había dos hombres y seis caballerías. Afortunadamente no hubo desgracias que lamentar, pues sólo resultaron tres personas con leves contusiones.  Casi todos los que ocupaban la habitación eran vecinos de Sancti-Spiritus.

20 de septiembre de 2010

Timadores, carteristas, ...y otras "malas hierbas"

Decíamos en nuestro "post" de ayer que las Ferias de Salamanca siempre resultaron bastante atractivas para los habitantes de la provincia, desplazándose miles de ellos hasta la capital charra para disfrutar de las corridas de toros, ferias de ganados, funciones de teatro, .... Y con estas grandes aglomeraciones de gente es bastante aplicable aquello de "A río revuelto, ganancia de pescadores", porque no solamente se acercaban a las riberas del Tormes los sufridos aldeanos salmantinos. También llegaba a Salamanca la correspondiente "troupe" de timadores, carteristas, estafadores y demás gente de mal vivir para hacer su particular "agosto" que en este caso era septiembre. ¡Y vaya si lo hacían! Vean, vean algunos ejemplos de la prensa de la época:

Los agentes de vigilancia y los de la guardia municipal han desplegado estos días gran actividad en la persecución de timadores y carteristas, buena prueba que han sido más de veinte las detenciones llevadas a cabo; pero así y todo no han faltado raterías de relojes, alfileres y carteras, especialmente a la entrada a la Plaza de toros y al terminar las corridas.
Al ex-senador por esta provincia señor Rodríguez Yagüé le fue sustraída una cartera con 150 pesetas; a un portugués llamado Duarte Leile, 525 pesetas; al conocido dueño del Café del Pasaje señor Bernardo Martín, una cartera con valores; al Inspector de vigilancia de Béjar señor Serapio Benito una cartera, en el momento de bajarse del tren; al maestro de Guadramiro 200 pesetas; a otro portugués, 4.000, etc., etc.
Al padre político del comerciante señor Huebra, intentó un punto robarle el reloj, pero advertido el interesado pudo entregar al ratero a la poíicia y recobrar la alhaja. El público cuando ha cogido in fraganti a algún tomador no ha sido parco en tomarse la justicia por su mano.
También por apoderarse de lo ajeno, detuvieron ayer los agentes de la autoridad a una joven, que por el traje y por sus finas maneras parecía una señorita digna de todo género de respetos.
El Fomento de Salamanca, Diario de la tarde
Martes, 14 de Septiembre de 1897
El mismo periódico y el mismo día aparecía también esta pequeña noticia, que es también muy ilustrativa de lo que solía, y suele, acontecer en este tipo de mercadillos y puestos callejeros:
Anteanoche dio un fuerte escándalo un forastero en la Plazuela de la Libertad con motivo de haber comprado en una de las tiendas allí instalada una sortija en la inteligencía que era de oro de baja ley y resultar de cobre, según afirmó el Fiel contraste.
El Juzgado entiende en el asunto

9 de agosto de 2010

Pierde la oreja al dormirse en la "vaca"

Ese podría ser el titular moderno para la noticia antigua. El suceso ocurrió en 1884, al quedarse dormido un viajero sobre la baca de un coche. El periódico El Progreso dió la noticia escribiendo "vaca" en lugar de la correcta "baca". Por cierto, en aquella época y por estas latitudes no podía tratarse más que de un coche de caballos -el automóvil se inventaría un par de años más tarde- que, en ese caso, hacía el trayecto entre Vitigudino y Salamanca. La noticia se publicó así:

En la tarde del 10 y mas acá de Golpejas se cayó de la vaca del coche de Vitigudino, Domingo Hernández, que venia dormido de esta vecindad, quedando sin sentido y con una grave contusión en el parietal izquierdo y una rasgadura en la oreja del mismo lado, por lo que han tenido qué amputársela. Su estado aún es grave, según opinión facultativa.

Miércoles 13 de agosto de 1884
El Progreso. Política, Literatura, Intereses Morales y Materiales, Noticias
Año I. Nº 33

5 de junio de 2010

Espanto mortal

Con ese título podríamos calificar a un trágico accidente ocurrido en la vecina localidad de Bogajo el día 4 de Julio de 1890. Hacía apenas dos años y medio que el tren habá iniciado su andadura por estos campos del oeste salmantino, cuando se cobró su primera víctima, Eso sí, de forma indirecta, y es que el ganado de entonces no estaba habituado a silbatos de locomotoras ni traqueteos de vagones ... Veamos como lo recogía el número 79 del semanario " El Avanzado" que por aquellos años se publicaba en Vitigudino :


El Avanzado, 16 de Julio de 1890.
Semanario de intereses morales y materiales.
Director propietario: Isidoro Hernandez Arroyo.
Jefe de redacción: Manuel González Moro


A las siete de la mañana, hora en que se aproximaba el tren a la estación de Bogajo, se espantó la borriquilla en que iba montado el anciano Mateo del Arco, vecino de dicho pueblo, siendo aquel arrojado al suelo con tan mala suerte que quedó sin vida en el acto. El Juzgado conoce del hecho.

El fatal accidente había ocurrido el día 4 de Julio. Según la partida de defunción que se basa en el dictamen de los médicos, la muerte le sobrevino por "dislocación de la segunda vértebra cervical". Contaba el fallecido sesenta y cinco años de edad. Estaba casado con Joaquina Puente.

Hoy nos resulta bastante llamativa la calificación de anciano que se le asigna en la publicación a una persona con sesenta y cinco años, pero las personas que alcanzaban esa edad en aquella época eran realmente pocas.

19 de junio de 2009

VOLTEO MORTAL

Lo había escuchado de pequeño, y me resultaba un tanto inverosímil (quizás por las exageraciones que con el devenir del tiempo se fueron añadiendo al relato), pero... ha resultado ser verdad. Hace casi ciento cincuenta años, un joven que tocaba las campanas de la iglesia fue lanzado al vacío cayendo a la plaza y falleciendo en el acto. Para que ocurriese el fatal suceso tuvo que darse la circunstancia de que estuviese volteando las campanas, una forma tradicional de hacerlo en nuestra zona. Cuando las campanas son pequeñas no hay gran peligro, pero es indudable que con unas campanas como las que tenemos en nuestra espadaña, la cosa resulta ya bastante arriesgada.

Estaba realizando determinadas investigaciones acerca de mi árbol genealógico cuando me encontré, hojeando el libro de difuntos, la siguiente partida:


Martín
de Sebastián López y Bárbara Castro.

20 años.

Como Beneficiado Rector de la Iglesia de San Pedro, única de esta villa, mande dar sepultura eclesiástica por mandato de Don Juan Alonso, Alcalde Constitucional, al cadáver de Martin de edad de veinte años, que tocando las campanas al Rosario el día de ayer fue despedido por una campana arrojado a la Plaza y en el acto murió sin recibir más sacramentos que la Extremaunción bajo condición, hijo legítimo de Sebastián López y Bárbara Castro y éstos le mandaron hacer los sufragios según costumbre y para que conste de lo firmo en Villavieja a ocho de Abril de mil ochocientos sesenta y uno.

Juan de la Cruz Corral



7 de octubre de 2008

La Montaraza de Grandes

La Montaraza de Grandes,
que Rosalía se llama,
mandó matar al marido,
por vivir engorronada.


Esta es la primera estrofa de una de las canciones populares salmantinas mas conocidas. La tonada fue ya recogida por el musicólogo mirobrigense don Dámaso Ledesma en su Cancionero Salmantino que se publicó por la Diputación de Salamanca en 1907 y tiene su origen en un famoso crimen ocurrido diecisiete años antes en nuestra comarca., concretamente en el pueblo de Grandes, hoy anejo del municipio de Cipérez.



Cuando hace unos meses ojeaba, a través de Internet, una publicación semanal de finales del siglo XIX denominada “El Avanzado” y que se editaba en Vitigudino, me encontré con una noticia que relataba muy escuetamente un homicidio ocurrido en nuestro pueblo en el año 1890. Estaba intentando conseguir más datos sobre dicha cuestión recurriendo a otras publicaciones periódicas salmantinas de la época, cuando me encontré con otra noticia en la que se daba cuenta del asesinato del montaraz de Grandes y que supuse, en buena lógica, que era el origen de la popular tonada charra

La noticia la encontré en primer lugar en la edición del día 3 de Marzo de 1890 de “La Región”, que recogía a su vez lo que ya había publicado sobre el tema “El Eco de Ledesma”. El texto decía lo siguiente:

Dice “El Eco de Ledesma”:
Un horrible crimen acaba de cometerse en el pueblo de Grandes, de este partido judicial. El montaraz de dicho pueblo ha sido villanamente asesinado en el monte que guardaba, apareciendo con la cabeza completamente magullada, cerca de un roble.
El juzgado de instrucción, tan pronto como tuvo noticia del suceso, salió para dicho pueblo, logrando descubrir al asesino, el que convicto y confeso ha ingresado en la cancel de esta villa. También se encuentra presa la viuda del interfecto, a la que se la supone causante del homicidio. Según parece, tan horrendo crimen estaba premeditado desde hace largo tiempo, y hemos oído decir que el asesino pensaba recibir en pago de su vil acción, la cantidad de 150 pesetas.
Estos datos hemos oído referir, asegurándonos que son ciertos, mas no podemos responder de su exactitud. El instrumento de que se valió el asesino, fue un grueso palo de roble.


Como se ve, no era mucho. No se daba ningún nombre y no se sabía a ciencia cierta si los hechos eran verdaderos o no. Así que, seguí buscando. Cinco días más tarde, el sábado 8 de Marzo de 1890, el periódico “El Fomento” daba también cuenta de los hechos, pero ya con muchos más detalles:

Ecos provinciales
Ledesma 2 de Marzo de 1890.
Sr. Director de El Fomento.

Muy señor mío y querido amigo: en la noche de! 25 del pasado mes de Febrero se cometió un horrendo crimen en el término municipal del pueblo de Grandes, que ha producido gran consternación en todos los habitantes de esta pacífica comarca. Como usted, comprenderá, el secreto del sumario me veda de entrar en detalles acerca de tan atroz delito, y tengo por lo tanto que concretarme a consignar lo que de público acerca de él se dice.

Parece ser que Rosalía Cuadrado Hernández, mujer de Antonio Herrero Vicente, montaraz de Grandes, hace tiempo que venía meditando cómo podría dar muerte a su marido sin comprometerse, y a este fin había hecho proposiciones a dos sujetos para que efectuaran el crimen. Estos a pesar de las promesas remuneratorias que dicha mujer les hiciera, se negaron a realizar su infame proyecto, que más tarde se encargó por lo visto de llevar a cabo el guarda de Grandes, Luis Rueda Ramos, a quien, según se dice, la Rosalía convino en pagar veinticinco ó treinta duros.

Según se cuenta, en la noche del día 25 del mes pasado, salió de su casa el montaraz de Grandes, con el objeto de recorrer el monte o de dar vuelta, como por aquí se dice, asegurándose que apenas lo hubo efectuado, fue su mujer a participárselo al Luis. Éste salió inmediatamente del pueblo, suponiéndose que con el exclusivo fin de consumar el crimen que habían fraguado la mujer del infortunado Antonio y él.

¿Qué fue lo que ocurrió después? A ciencia cierta creo que nadie lo sepa. Sin embargo, la versión que por aquí circula como más corriente, es la que paso a exponer a continuación. El guarda de Grandes, Luis Rueda Ramos, se encaminó al monte en busca del montaraz, y habiéndolo encontrado, dícese que lo condujo a un lugar solitario, con el pretexto de que había tenido noticias de que iban a ir a cortar leña unos sujetos. Ya allí, se supone que el Luís, con un gran palo de roble, descargara varios golpes al Antonio, dejándole completamente destrozada la cabeza, y que luego que se convenciera de que quedaba muerto, se encaminara a su casa, a donde, según rumores públicos, fue la Rosalía, para enterarse de si en efecto había matado a su marido.

Según tengo entendido, el Luis Rueda Ramos se halla convicto y confeso; habiendo negado la Rosalía su participación en el crimen, si bien conviniendo en que ella asintió a que se matara a su marido.

Tanto el Luis Rueda como la Rosalía Cuadrado, se hallan presos é incomunicados en la cárcel de este partido. El celoso Juez de Instrucción Sr. Heras, trabaja con gran actividad en la formación del sumario, para que pueda ser este elevado a la Audiencia de esa ciudad dentro de breve plazo.

Momentos antes de cerrar esta carta se me dice que el palo de roble con que se cree que diera muerte el Luis al montaraz, ha sido hallado, lleno de sangre, debajo de unas piedras. El mismo guarda de Grandes, Luis Rueda, autor de este crimen tan horrible, fue el que trajo el parte en que el Juzgado Municipal de aquel pueblo daba cuenta de la ocurrencia al de Instrucción de esta villa.

El desgraciado Antonio Herrero Vicente deja cuatro hijos habidos en su matrimonio con la Rosalía.

Sin perjuicio de dar a V. más detalles acerca de este desgraciado suceso, me despido por hoy, ofreciéndome suyo afectísimo seguro servidor q. s. m. b. [que sus manos besa]

El Corresponsal.


A pesar del secreto del sumario, el corresponsal tenía datos ya muy precisos, con nombres y apellidos y otras circunstancias. Mas o menos como ha ocurrido siempre y como ocurre en la actualidad “un secreto a voces”. De lo que no cabe duda es de la rapidez de la instrucción del sumario por el “celoso Juez de Instrucción Sr. Heras”. El martes 18 de Marzo ya estaba concluido y depositado en la Audiencia Provincial de Salamanca. Así lo recogía también “El Fomento” en su edición del jueves, 20 de Marzo:

El martes último se recibió en la Audiencia de esta ciudad, ya terminado, el sumario instruido en el Juzgado de Ledesma, con motivo del crimen de Grandes, así como también las piezas de convicción, consistentes en un garrote manchado de sangre, una cayada, una manta negra y una cartera de hule, estos tres últimos objetos del interfecto y aquel de la propiedad del Luis Rueda Ramos, con el que cometió el asesinato.
El sumario, que consta de 175 folios, ha sido instruido en veinte días por el Juez de Ledesma D. Lorenzo de las Heras y el actuario D. Manuel Claudio Ortiz.
La ponencia en esta causa ha correspondido al magistrado Sr. Velasco. La Rosalía Cuadrado, mujer del infortunado montaraz, ha designado abogado para que la defienda al Sr. Beato (D. Hilario). El Sr. Sánchez Mata está encargado de la defensa del Luis Rueda Ramos.


¡Más rapidez imposible! A partir de este momento, el sumario pasa a ser estudiado por los abogados defensores y el fiscal de la Audiencia y el proceso, como es lógico, camina más lentamente. A finales del mes de Junio, concretamente el día 24, se conoce la calificación que de los hechos hace el Fiscal de la Audiencia Provincial, y ahí también nos enteramos que hay una tercera persona procesada. Se trata de Ángela Blanco Salvador, esposa de Luis Rueda Ramos.

Ha sido calificada por el Sr. Fiscal de la Audiencia de esta ciudad, la causa instruida en el Juzgado de Ledesma contra Rosalía Cuadrado Hernández, Luis Rueda Ramos y Ángela Ramos(sic) Salvador, como presuntos autores del delito de asesinato cometido en la persona de Antonio Herrero Vicente, esposo de la primera, el día 26 de Febrero último, en el pueblo de Grandes.
El Sr. Becerra solicita en su escrito provisional de calificación la imposición a los tres procesados de la pena de muerte en garrote vil.


Pasarán otros tres meses antes de que comience el juicio. Se inicia éste, tras las fiestas de la capital charra, el jueves 24 de Septiembre de 1890. Así lo contaba “El Fomento”:

Ayer a las diez y media de la mañana dieron principio en la Audiencia de esta ciudad las sesiones ante el Jurado de la causa instruida contra Rosalía Cuadrado Hernández, Luís Rueda Ramos y Ángela Blanco Salvador, por los delitos de parricidio y asesinato en la persona de Antonio Herrero Vicente, cometidos en Grandes (Ledesma) el día 25 de Febrero de 1890.

En primer lugar se constituye el denominado “Tribunal de hecho”, es decir, el jurado. Lo forman diez personas y dos suplentes. El Presidente del Tribunal les toma juramento:

¿Juráis por Dios desempeñar bien y fielmente vuestro cargo, examinando con rectitud los hechos en que se funda la acusación contra Luis Rueda Ramos, Ángela Blanco Salvador y Rosalía Cuadrado Hernández, apreciando sin odio ni afecto las pruebas que se os dieren y resolviendo con imparcialidad si son o no responsables de los hechos que se les imputan?

Los elegidos se van acercando por parejas a la Mesa y juran sobre los Evangelios, tras lo cual se sientan a derecha e izquierda de los magistrados, quedando constituido así el Tribunal y abierto el juicio.

El aspecto que presentaba la Sala al principiar la sesión era imponente. Bajo el dosel del estrado el tribunal de derecho, formado por los señores don Balbino Martín (Presidente), don Ángel Velasco y don Manuel de las Heras (Magistrados). A derecha e izquierda de los Magistrados los jurados o tribunal de hecho. En su correspondiente tribuna el Fiscal, don Álvaro Becerra, y frente a éste y por lo tanto a la izquierda de la Sala, los Abogados señores Beato, Manzano y Álvarez, encargado el primero de la defensa de Rosalía Cuadrado, el segundo de Luis Rueda y el tercero que defiende a Ángela Blanco, los cuales tenían próximos a su lado a los Procuradores Sres. Cimas, Álvarez y Morató. Frente a la presidencia, ocupan sus puestos el Secretario interino de la Audiencia señor Rodríguez Pérez, y el oficial primero de Sala Sr. Hernández Sanz. Dentro de estrados, y con toga, el señor Teniente Fiscal, y los abogados señores Beato (don Rafael) y Gurruchaga. A un lado de la mesa que ocupaba el Secretario, se hallaban las piezas de convicción: una cayada y un grueso porro manchado de sangre y una sayaguesa.

Dentro de la barra (zona delantera de la Sala separada del resto por una especie de valla) a la derecha del Tribunal y en el banquillo de los acusados se sientan Luis Rueda, Ángela Blanco y Rosalía Cuadrado, custodiados por una pareja de la Guardia Civil.

Luis Rueda Ramos, viste calzón, media negra, borceguíes, faja negra, chaleco y blusa azul. Ángela Blanco se presenta con un niño en los brazos, viste de artesana, lleva sayaguesa y pañuelo oscuro a la cabeza. Por último, la Rosalía Cuadrado, iba vestida de riguroso luto, con iguales prendas que la anterior.

El Presidente declara abierto el periodo de las pruebas y el Secretario da lectura al apuntamiento y a los escritos de conclusiones provisionales. El periodista, ante la imposibilidad material de reproducirlos todos, se decanta por poner el del ministerio público:

Primera.—Resulta del sumario, que a consecuencia de disgustos habidos entre los cónyuges Antonio Herrero Vicente y Rosalía Cuadrado Hernández, vecinos de Grandes, por sospechar aquel de la falta de fidelidad de ésta, empezó la Rosalía a manifestar a diferentes personas sus deseos de dar muerte al Antonio, buscando, al efecto, quien se encargase de llevarla a cabo, mas como repugnase semejante acción a los primeros a quienes con insistencia se lo propuso, acudió a su amiga de confianza, Ángela Blanco Salvador, a la que le ofrecía cincuenta pesetas, mitad en metálico y la otra mitad en especie, si su marido Luis Rueda Ramos se comprometía a ejecutarlo; pero pareciendo a este último poca la cantidad ofrecida, convinieron a fines del año último, en la de ciento cincuenta pesetas (30 duros) de cuya suma le entregó a cuenta quince pesetas, que recibió la Ángela, que así como la Rosalía excitaba diariamente a Luis para que cumpliese su compromiso, dándole noticias de los puntos a donde el Antonio se dirigía; que en la tarde del 25 de Febrero próximo pasado, encontrándose en su casa el Luis Rueda, se presentó en ella la Rosalía, noticiándole que su marido acababa de salir a vigilar la raya de Cipérez, el monte que como montaraz custodiaba, diciéndole que era la mejor ocasión que se le podía proporcionar para darle muerte, apoyándola y animándolo la Ángela, que aseguraba que por ser ya próxima la noche y retirarse del campo los ganaderos, podía ejecutar el hecho sin consecuencias algunas, y decidido el Luis, salió armado del porro que acostumbraba a llevar, alcanzando al teso de la Perdiguera, y ya entre dos luces, al desgraciado Antonio, al que dio cuenta de que en las laderas de Valdegrandes había visto un roble empezado a cortar, dirigiéndose ambos a dicho punto con objeto de ver si podían sorprender al dañador, llegando ya anochecido a las referidas laderas, donde se pusieron en acecho colocándose el Montaraz apoyado en un roble y envuelto en la sayaguesa que de ordinario usaba; que ya una hora de noche y alentado el Luís por lo solitario del sitio en que se encontraban v aprovechando un momento de descuido del Antonio Herrero Vicente, que continuaba envuelto en su sayaguesa, le dio en la frente con el porro que llevaba un golpe, que lo derribó en tierra, donde continuó maltratándolo hasta que le produjo la muerte a consecuencia de siete heridas en las manos y cuatro contusas en la cara y cabeza conminuta de los huesos y otras varias cortantes en la bóveda del cráneo, por las que, así como por las contusas, salía parte de la masa encefálica, retirándose en seguida dicho Luis Rueda, a esconder entre unas peñas el porro que le había servido para la comisión del delito, y de allí a su casa, donde dio cuenta a su mujer Ángela y la Rosalía de haber cumplido sus deseos.

Segunda.—Los relacionados hechos, por lo que hace relación a Rosalía Cuadrado, constituyen un delito de parricidio, comprendido en el artículo 417 del Código; y de asesinato corregido en el número 2º del 418 por lo que hace relación a Luís Rueda Ramos y Ángela Blanco Salvador.

Tercera, — En el calificado delito han tenido la participación de autores los tres procesados Luís Rueda Ramos, Rosalía Cuadrado Hernández y Ángela Blanco Salvador.

Cuarta.—En la perpetración de dicho delito concurrieron en contra del procesado Luís Rueda, las circunstancias agravantes 2ª, 7ª, 8ª, 10ª, y 15ª del artículo 10; en contra de la Rosalía Cuadrado la 3ª y la 7ª, y la 15ª del mismo artículo en contra de la otra procesada Ángela Blanco

Quinta.—La pena en que ha incurrido cada uno de los tres mencionados procesados, es la de muerte en garrote, con la de inhabilitación absoluta perpetua en caso de indulto y en las costas procesales por iguales partes.

El Fiscal propone una serie de pruebas para la comprobación del delito entre las que se encuentran las testificales. Citará a veinte testigos de varios pueblos: Grandes, Peralejos de Arriba, Sando y Villar de Peralonso. En la lista hay una sola persona llamada José. ¿Se trata del nombrado “Pepón” que aparece en la letra de la canción? Además de los testimonios de las personas citadas, el fiscal se apoya también en las diligencias de reconocimiento, pruebas periciales, careos y la propia confesión de los procesados.

El Presidente del Tribunal indica a los Jurados que pueden realizar las preguntas que estimen pertinentes a las partes, testigos, peritos y procesados. Continuó el juicio con el “examen” de los procesados:

La Rosalía Cuadrado Vicente, mujer del interfecto, negó que ella hubiera hecho proposiciones á nadie para que matasen á su marido; Luis Rueda Ramos dijo que inducido por dicha Rosalía, que prometió darle 30 duros, de los que solo había recibido tres, mató a Antonio Herrero Vicente, montaraz de Grandes, pero que antes de que él le pegara dos golpes con un porro que llevaba, el montaraz le dio un palo con una cayada; y por último, Ángela Blanco Salvador, mujer del Luis, manifestó que ella no había sabido nada ni había intervenido en el hecho de autos.

Tras la declaración posterior de cuatro testigos de la acusación que incriminaron especialmente a Rosalía se suspendió la sesión reanudándola al día siguiente. Se comienza a las diez y media de la mañana y en apenas tres horas y media se habían terminado de ver las pruebas testificales, periciales y documentales. Se reanuda la sesión a las cinco de la tarde y el fiscal anuncia un cambio en sus conclusiones respecto a la procesada Ángela Blanco Salvador, indicando que debe ser absuelta al considerar que no fue autora ni encubridora de los hechos.

El abogado de Luis Rueda Ramos reforma también su escrito provisional. en la forma siguiente:

Primera; de las pruebas practicadas en el acto del juicio, aparece que en la tarde del 25 de Febrero último, saliendo al campo, en virtud del cargo que tenia, el guarda de Grandes, Luís Rueda Ramos, se encontró con el interfecto Antonio Herrero, al sitio denominado, Laderas de Valdegrandes, punto donde decía el Antonio habían cortado leña, y llegados a él tuvieron una cuestión, debido a que si el Montaraz quería o no dar leña al Guarda, trabándose de palabras y viniendo a las manos, en cuyo momento el Antonio levantó la cayada para dar un golpe al Luís y al verse este agredido, dio dos golpes en la cabeza al Antonio, derribándole al suelo y produciéndole una conmoción cerebral de la que falleció.


En las siguientes conclusiones admite para su defendido el delito de homicidio e indica que la pena que le corresponde por ello es la doce años y un día de reclusión temporal.

Tras esto la Sala se retira a deliberar. Cuando vuelve dicta auto de sobreseimiento para Ángela Blanco Salvador, que fue puesta inmediatamente en libertad. A continuación se producen los alegatos finales del fiscal y los dos abogados defensores. A las nueve de la noche se suspende la sesión. Se reanuda al día siguiente. El tribunal de derecho (magistrados) le propone al tribunal de hecho (jurados) trece preguntas. Y estas son las respuestas a algunas de ellas:

A la primera pregunta: El procesado Luis Rueda Ramos, ¿es culpable de haber causado la muerte violenta y por golpe de palo en la cabeza á Antonio Herrero Vicente, ejecutando tal hecho el 25 de Febrero último, en el sitio de Valdegrandes, de la dehesa de Grandes, que guardaba el Antonio como montaraz? Sí.

A la segunda pregunta: El procesado Luis Rueda ¿es culpable de haber causado dicha muerte al Antonio, mediante promesa de parte de la procesada Rosalía Cuadrado de darle 30 duros por tal acción, y habiendo recibido de ella 3 con anticipación al hecho? Sí.

A la tercera pregunte: El procesado Luis Rueda ¿es culpable de haber causado la muerte al Antonio en el sitio designado y antes del anochecer, dando éste primeramente al Luis un golpe con su cayada y obligándole con ello a tal agresión con dos golpes de palo que le derribaron al suelo y le dejaron muerto? No.

A la cuarta, pregunta: La procesada Rosalía Cuadrado Hernández ¿es culpable de haber propuesto e inducido al procesado Luís a matara su marido el Antonio Herrero, consiguiéndolo de aquel, mediante e! precio o promesa de darte 30 duros por ejecutarlo? Sí.

………


Ante las respuestas de los jurados, los abogados defensores piden para sus defendidos las penas de reclusión perpetua (Rosalía) y cadena perpetua (Luis). El fiscal mantiene la pena de muerte para los dos.

A las seis y media de la tarde el tribunal se retira a deliberar. A las diez de la noche dicta sentencia, cuya parte resolutiva dice así:

FALLAMOS: Que debemos condenar y condenamos á los procesados Rosalía Cuadrado Hernández y Luis Rueda Ramos, en la pena de MUERTE EN GARROTE y sobre un tablado, la que se ejecutará en día no festivo y en la villa de Ledesma con las demás solemnidades establecidas en el Código, y en caso de ser indultados de ella, en la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua, si expresamente, no se hubiera remitido en el indulto; como así bien en dos terceras partes de las costas procesales hasta el auto de sobreseimiento dictado en el día de ayer, y en todas las posteriores por iguales partes y al abono mancomunada y solidariamente de la cantidad de dos mil quinientas pesetas por vía de indemnización a los herederos del interfecto Antonio Herrero Vicente, a quienes se devolverá la jerga, cayada y cartera de la pertenencia del difunto, declarándose el comiso del palo que se venderá con aplicación de su valor al pago de las responsabilidades pecuniarias…

Y con esto terminó el juicio y empezó el conocido “baile” de las apelaciones. La última palabra la tendría el Tribunal Supremo, que a comienzos del año siguiente (1891) declaró no haber lugar a casación, con lo que la sentencia de la Audiencia Criminal de Salamanca se convirtió en firme, y, por tanto, los dos condenados, quedaron a la espera de su ejecución en Ledesma, partido judicial, en aquellos años, donde se cometió el crimen. A menos que hubiese indulto. ¡Que lo hubo!

GACETA DE MADRID, Num. 87.
28 de Marzo de 1891


REALES DECEETOS

Visto el testimonio de la sentencia dictada por la Sala segunda del Tribunal Supremo declarando no haber lugar al recurso de casación admitido de derecho contra la que pronunció la Audiencia de Salamanca, en la cual se condena a Rosalía Cuadrado Hernández por el delito de parricidio, y a Luis Rueda Ramos por el de asesinato a la pena de muerte:

Considerando que los Reyes de España han solemnizado siempre el día de hoy, en que la Iglesia conmemora el Augusto Misterio de la redención del género humano con el indulto de algunos reos condenados a la última pena, piadosa costumbre que es muy grato a Mi corazón seguir observando:

Teniendo presente lo dispuesto en el art. 29 de la ley provisional de 18 de Junio de 1870. que reguló el ejercicio de a gracia de indulto:

Oída la Sala sentenciadora, y de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros: En nombre de Mi Augusto Hijo el Rey D. Alfonso XIII, y como Reina Regente del Reino, Vengo en conmutar la pena de muerte impuesta a Rosalía Cuadrado Hernández y Luis Rueda Ramos por las de reclusión y cadena perpetua respectivamente.
Dado en Palacio a veintisiete de Marzo de mil ochocientos noventa y uno.
MARÍA CRISTINA

El Ministro de Gracia y Justicia, Raimundo Fernández Villaverde

Se había llegado al final del proceso y al comienzo de … la “leyenda”. En aquellos tiempos, la existencia de un crimen pasional u otro hecho de especial relevancia o de similares características, solía terminar invariablemente en forma de copla, canción o relato, que en la mayoría de los casos era transmitida por los “ciegos” en su permanente y continuo deambular por los pueblos y lugares de España. Y este caso no iba a ser menos. De hecho se convertiría con el paso de los años en una de las tonadas charras mas conocidas. Ya en 1907, es decir, diecisiete años después, la canción es recogida en el Cancionero Popular Salmantino del insigne musicólogo mirobrigense D. Dámaso Ledesma. Trece años más tarde, un músico asturiano, Facundo de la Viña, basándose en estos hechos, escribió (1920) una ópera titulada “La Montaraza de Grandes”, y que aún permanece sin estrenar. Facundo de la Viña es uno de los principales representantes del Romanticismo musical español. Compuso diversas óperas entre las que se cuentan las exitosas "La princesa flor de Roble" y "La Espigadora".

Vamos a terminar este artículo copiando la letra de la canción. Mejor dicho, una de las letras. Porque hay varias. Transcribiré la que Gabriel Calvo canta en su CD “Salamanca para cantar y bailar”, que pienso se ajusta más a los hechos que las otras.


La Montaraza de Grandes,
que Rosalía se llama,
mandó matar al marido,
por vivir engorronada.


A la montaraza
la van a llevar
al juez de Ledesma
para declarar


A la montaraza
la llevan, la llevan
y sus pobres hijos
llorando se quedan.


La Montaraza de Grandes,
escribe carta a Pepón
que si le mata al marido
le regalaba un millón.


A la montaraza
la llevan, la llevan
los guardias civiles
por la carretera.


A la montaraza
la llevan, la llevan
y sus pobres hijos
llorando se quedan


Y Ángela la “Lorenzona”
la debían de matar
porque ella ha sido la causa
de matar al montaraz.


Y la montaraza
pide que la maten
que sino se muere
de pena en la cárcel.


Y a la montaraza
la van a llevar
a la cárcel nueva
de la capital.


La noche que lo mató
no dejó de suspirar
pensando que estaba muerto
y en el teso la”Pelá”


A la montaraza
la van a llevar
al juez de Ledesma
para declarar


A la montaraza
la llevan, la llevan
y sus pobres hijos
llorando se quedan.


A la montaraza
la llevan, la llevan
los guardias civiles
por la carretera


Y la montaraza
pide que la maten
que sino se muere
de pena en la cárcel.




Manuel S. Calderero Sánchez

16 de junio de 2008

El crimen de Ituero de Huebra (1897)

Fue, junto con los de Cepeda y La Fuente de San Esteban, uno de los tres famosos crímenes ocurridos todos ellos en la provincia de Salamanca con muy poca diferencia de tiempo, en los años 1896 y 1897. Los tres se juzgaron en la Audiencia provincial de Salamanca y los tres terminaron con la misma condena, pena de muerte para los siete procesados en las tres causas.

El que nos ocupa ocurrió en la noche del 20 al 21 de Febrero de 1897 en la aldea de Ituero de Huebra, anejo perteneciente a la localidad de El Cubo de Don Sancho. La aldea tenía escasa población, de hecho, en el juicio se habla de cinco colonos con sus familias y los sirvientes. Durante bastante tiempo la parroquia no tuvo cura que la atendiera. La petición de los moradores de Ituero al Sr Obispo y el compromiso de abonarle ellos mismos al sacerdote la mitad de los haberes (250 pesetas) y la otra mitad el obispado hizo que fuese mandado a Ituero de Huebra un sacerdote de avanzada edad -tenía en el momento de su muerte 70 años- llamado D. Bonifacio Cabezas García, que estuvo en el puesto unos cinco años. Según los habitantes de Ituero y la prensa de la época, Don Bonifacio tenía “entre las múltiples rarezas” la de albergar en su casa a cuantos pordioseros y mendigos se acercaban por aquellos contornos, lo cual disgustaba profundamente a los vecinos del pueblo, que le habían llamado la atención varias veces por dicho motivo.

La noche en cuestión, sábado 20 de Febrero, parece ser que hubo sermón y se salió de la Iglesia a las nueve y media de la noche. Según la criada del cura, que había entrado a su servicio escasamente quince días antes, cenaron y se acostaron. El cura dormía en una alcoba de una sala que cerraba con llave.

Cerca de medianoche, unos desconocidos intentan con una ganzúa abrir la puerta de la casa. No pueden por estar colocada la "tranca". Uno de ellos entra entonces por una tronera que había en el tejado y abre la puerta a los demás. Encienden un "velón" y se dirigen a la alcoba de don Bonifacio. O esa noche no había cerrado la puerta con llave o alguien la abrió –y ese es uno de los puntos no aclarados del crimen-. Mientras uno de ellos se echa sobre él, tapándole la boca, los otros le sujetan pies y brazos y ante la negativa del anciano a darles el dinero, terminan asfixiándole. Esta es la tesis del fiscal.

Según se relata en el juicio, Don Bonifacio solía dormir en algunas ocasiones vestido “con ropa de escaso valor”, -y uno de los abogados defensores dice también que con una pistola cargada bajo la almohada, que obviamente no le dio tiempo a utilizar-. Tras matarle, los ladrones levantan una losa que había en el suelo bajo la cama y encuentran un fardel con dinero. En este contexto se despierta la criada, que es reducida por los asaltantes y atada con una soga.

Los ladrones revuelven otros baúles. Encuentran más dinero –la Guardia Civil localizaría más tarde otras cinco mil pesetas que los ladrones no descubrieron - y se llevan además entre otras cosas un par de pañuelos de seda de la criada. Luego se van. María Juana, que así se llama la chica, se desata de las ligaduras y sale a la puerta pidiendo auxilio, viendo aún a los ladrones escapar por el camino del Cubo.

Ante el revuelo, acuden los vecinos. Según relatan éstos eran aproximadamente las doce de la noche. Se acercan a la casa y encuentran al sacerdote muerto en la cama, de espaldas a la entrada y vestido con pantalones.

Se avisa al juez municipal de El Cubo, Don Juan Agustín Montero, que instruye las primeras diligencias y manda dar parte al juez de instrucción de Vitigudino. Eran las tres de la madrugada.


Iglesia de Ituero de Huebra. En primer término podemos ver el camino
que llega desde El Cubo de Don Sancho

Como resultado de las primeras averiguaciones se realizan en los dos o tres días siguientes al crimen varias detenciones. Las sospechas se dirigen lógicamente hacia los mendigos que frecuentaban los contornos y hacia la criada.

La noche del día 18 de Febrero, es decir dos días antes del crimen, habían dormido en la cocina de la casa del cura, dos mujeres: Benigna Rodríguez y Manuela Calvo. Según declararon ellas posteriormente, se marcharon al día siguiente. El día 21 se encontraban en Villavieja donde tuvieron conocimiento de la muerte del cura. El día 22 son detenidas en Encinasola por la Guardia Civil. También es detenida y puesta a disposición del juez de instrucción de Vitigudino y del fiscal de la Audiencia Provincial que se había trasladado desde Salamanca, la criada María Juana, que había entrado a servir con Don Bonifacio escasamente quince días antes. Era también de Encinasola y fue a servir a casa del cura por consejo de Benigna. En una primera declaración María Juana no inculpa a nadie en concreto, pero en una posterior, y ante lo que le aconseja su padre –que también estaba en el punto de mira de la Guardia Civil- empieza a contar que los asaltantes eran cuatro hombres -a los vecinos de Ituero les dijo que eran seis- , y que había reconocido a uno de ellos, un exnovio suyo llamado Tomás Pereña, e hijo de Benigna. Precisamente Tomás había sido el encargado de trasladar a la criada desde Encinasola a Ituero, cuando esta entró a servir, durmiendo en aquella ocasión en la casa de don Bonifacio. En consecuencia, Tomás también fue detenido. Sus antecedentes no le ayudaron. Había sido condenado con anterioridad por hurto y acababa de salir de la cárcel merced a un indulto, pocos días antes de San Blas, posiblemente como consecuencia de la onomástica del Rey.

El martes día 23, la Guardia Civil detiene en Saldeana a Pedro Manso. Era de oficio leñador y componedor de platos que acostumbraba a trabajar por los pueblos del contorno y que pedía limosna cuando no tenía trabajo. Había dormido en alguna ocasión en casa de don Bonifacio. Unos días antes de la noche de autos había estado en Villavieja. Según su relato, marchó luego a Bogajo, después a Yecla, regresando otra vez a Bogajo y tras pasar por Campilduero entró en Cerralbo por la tarde del día 20. Esa misma noche –la del homicidio- dice que durmió en la posada de Cerralbo. Hay testigos –un barbero, el posadero, ..- que afirman haberlo visto dicha noche y en la mañana del domingo día 21.

Los detenidos son trasladados a la cárcel de Vitigudino y desde allí trasladados a Ituero de Huebra donde tiene lugar la reconstrucción de los hechos y donde se produce la confesión “voluntaria” y espontánea –desmentida luego en el juicio oral alegando maltrato y torturas por parte de la Guardia Civil- de Tomás y Pedro, que incriminan además a Manuel Sánchez –tío de Pedro- y Sebastián Sánchez –hijo del anterior- y que son también detenidos días más tarde. El primero afirma haber estado la noche de autos en Espadaña y el segundo en Muñoz. A éste tampoco le ayudaron los antecedentes. Había sido procesado, aunque finalmente absuelto, por un homicidio ocurrido en Yecla. Mas adelante, manifestarán también “voluntariamente” su participación en los hechos. En el juicio, lo mismo que los otros dos, alegan que la confesión se produjo debido a las torturas por parte de la guardia civil y de los carceleros.

De resultas de todo esto, las tres mujeres, Benigna –madre de Tomás-, Manuela y María Juana –la criada del cura- quedan en libertad y sin cargos.



Las banderas rojas indican el lugar donde los detenidos afirmaron estar la noche del crimen. Tomás, por ejemplo, fue visto, según testigos, a las diez de la noche en Encinasola. El crimen ocurrió a las doce. ¿Era posible recorrer en aquellos tiempos esa distancia solamente en dos horas?

El juicio se celebra en Salamanca, bajo una expectación tremenda. La similitud del crimen con el cometido en Galisancho un par de años antes (robo y muerte del párroco, cuatro personas procesadas, el fiscal pide la pena de muerte para todos,…) hizo que las sesiones del juicio fuesen muy concurridas.

Dio comienzo el día uno de Abril de 1898. Había prisa por acabar. Incluso el 3 de Abril, domingo de Ramos, se celebraron sesiones de mañana y tarde. Los abogados defensores piden un aplazamiento debido a que no han podido comparecer más de cincuenta testigos de la defensa. No se accede. Las sesiones continúan hasta el día 6, víspera del Jueves Santo. El tribunal no se volverá a reunir hasta el jueves día 14. La noche del sábado 16 delibera el jurado –apenas dos horas- y se dicta sentencia. Era la madrugada del domingo 17 de abril. Los periódicos de aquel tiempo, como por ejemplo “La Opinión”, recogen extensamente el desarrollo de las diferentes sesiones.



En aquella época funcionaba en España el juicio mediante jurados. Para este proceso se eligieron a doce hombres y dos suplentes que fueron los encargados de determinar la culpabilidad o no de los cuatro procesados. Hay que hacer constar que jurado en aquel tiempo no podía ser cualquiera. El sistema de elección era bastante clasista. Según la ley debían de reunir una serie de requisitos: ser varón, mayor de treinta años, tener pleno goce de los derechos civiles y políticos, saber leer y escribir, ser cabeza de familia, ser contribuyente importante, …

El ministerio fiscal acusa a los procesados de delito de robo a consecuencia del cual resultó homicidio, con las agravantes de nocturnidad, alevosía, escalamiento y hacerlo en la casa del ofendido. A Tomás además de reincidencia. Todas estas acusaciones se fundamentan solamente en las confesiones de los procesados y en la segunda declaración incriminatoria de María Juana, la criada.

Los abogados defensores inciden en que no se ha probado que los malhechores robaran cosa alguna. De hecho no se ha encontrado nada en su poder. No se ha recuperado el dinero robado. Ni siquiera los pañuelos. Pedro Manso en su confesión indicó que los había vendido en Villavieja juntamente con un mandil, también de la criada. Se le trasladó a esa población para comprobar esa afirmación. Pero los resultados fueron negativos. La presunta compradora villaviejense negó haber adquirido los pañuelos indicando además que el detenido jamás había estado en su casa.

Hacen hincapié los defensores en las declaraciones contradictorias de María Juana, insinuando que la verdadera culpable es ella. “A la María Juana sosteniendo que esos cuatro eran inocentes se la procesó y a la María Juana proclamando la culpabilidad de mi defendido y sus compañeros, se le sobreseen los procedimientos contra ella” apunta el abogado defensor de Sebastián. Añade además que la criada dice que se despertó por casualidad, no por el ruido (luego María Juana cambia su declaración y dice que se despertó debido a éste), que se desató las ligaduras tan rápido que aun le dio tiempo a llegar a la puerta y ver alejarse a los ladrones por el camino de El Cubo. Se pregunta también que si la puerta de la sala del cura tenía llave, ¿quién la abrió? y que quien dijo a los malhechores lo de la losa bajo la cama. Aportan también declaraciones de testigos que afirman haber visto a los procesados la noche del día 20 en otros lugares, distantes cuatro o cinco leguas del lugar del crimen (una legua = 5,5 km). El fiscal, a lo largo del proceso y en su alegato final intenta desacreditar esas coartadas indicando que son realizadas por amigos o familiares de los encausados aportando también declaraciones de otras personas que niegan haber visto a los procesados donde lo afirman los testigos de la defensa,… Tras el desfile de cerca de 150 testigos, se leen las conclusiones definitivas por parte de fiscal y defensores y se hacen los alegatos finales. El Presidente del Tribunal, Sr. Aparicio, hace un resumen final de los hechos. Visto para sentencia. Los jurados se retiran a deliberar. Es casi medianoche del sábado 16 de Abril. Tras dos horas de deliberación, el jurado contesta afirmativamente a la mayor parte de las preguntas que les ha formulado el tribunal. Considera culpables a los procesados y además con las agravantes de nocturnidad, alevosía, despoblado, escalamiento,…. En fin, asume íntegramente la petición del fiscal, Sr. Medina. El Tribunal dicta sentencia, cuya parte dispositiva decía así:


Fallamos que debemos condenar y condenamos a los procesados Tomás Pereña Rodríguez, Pedro Manso, Manuel Sánchez Martín y Sebastián Sánchez Martín, alias “Varela”, como autores de delito de robo, con motivo del cual resultó homicidio, con la concurrencia de circunstancias agravantes y ninguna atenuante a la PENA DE MUERTE EN GARROTE que se ejecutará en Vitigudino, como cabeza de partido judicial en que se cometió el crimen, con la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para caso de indulto, si expresamente no les fuera remitida dicha accesoria; a que indemnicen mancomunada o en su defecto subsidiariamente a los herederos de don Bonifacio Cabezas García, en la cantidad de siete mil pesetas en que se estiman los perjuicios irrogados, y a María Juana Estévez Rodríguez la cantidad de tres pesetas setenta y cinco céntimos, en que fueron valuados los pañuelos que le fueron sustraídos, y al pago de cuatro quintas partes de costas hasta el acto de apertura del juicio oral y en todas las posteriores por iguales partes.


A partir de este momento, sólo queda el recurso de casación. Éste es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales. Su fallo le correspondía al Tribunal Supremo.

La sociedad salmantina está en vilo. Hay siete condenados a muerte en la provincia. Si el Tribunal Supremo desestima los recursos de casación presentados y no se concede indulto los condenados deberían ser ejecutados. Uno lo sería en Ciudad Rodrigo, dos en Sequeros y cuatro en Vitigudino.

Por aquel tiempo ya existía un incipiente movimiento en contra de la pena de muerte, sobre todo en la gente más instruida y que estaba también calando en el pueblo llano, aunque de manera mucho más lenta. El hecho de que en una población se realizase el ajusticiamiento de un condenado a muerte no era algo muy agradable, y en consecuencia, las autoridades locales y los diputados representantes de los partidos judiciales en las Cortes españolas hacían todo lo posible por conseguir el indulto y la conmutación de la pena máxima. Y, en muchos casos tenían éxito. En el libro “La pena capital en España”, publicado en Madrid en 1897, por el médico Ángel Pulido Fernández, se recoge en su parte final una tabla en la que reflejan los indultos concedidos y denegados en los catorce años que van de 1883 a 1896. De 566 sentencias de muerte se concedieron 418 indultos (74%) y se denegaron, por tanto, 148 (26%). Es decir, de cada cuatro condenados, tres eran indultados, lo cual se tradujo, por tanto, en una media de diez ejecuciones por año para dicho periodo.

A finales del año 1898, ya se recogen en un semanario mirobrigense (“El Clarín”) una serie de rumores que indican que los recursos de casación van a ser desestimados y que no va a haber indultos para todos los condenados (recordamos que eran siete y por tres causas). En Ciudad Rodrigo se interesan fundamentalmente por el condenado por el crimen de La Fuente de San Esteban, ya que de no ser concedido el indulto sería ajusticiado en esa localidad y eso es algo que los mirobrigenses no ven con buenos ojos.

La Gaceta de Madrid del 23 de Enero de 1899, con motivo de la onomástica del Rey, recoge tres Reales Decretos del Ministerio de Gracia y Justicia por los que la reina regente María Cristina, en nombre de su hijo Alfonso XIII concede la conmutación de la pena de muerte a cuatro condenados, tres de la provincia de Salamanca (el condenado por el crimen de La Fuente de San Esteban y los dos que lo fueron por el de Cepeda) y otro de Ciudad Real. De los cuatro sentenciados por el crimen de Ituero de Huebra, ni palabra, lo cual no presagiaba nada bueno. Aproximadamente, un mes más tarde, finales de Febrero, se sabe extraoficialmente que de los cuatro condenados, tres serán indultados y uno ejecutado: Pedro Manso. Unos días después, 4 de marzo, se conoce la fecha exacta en la que está previsto se lleve a cabo la ejecución. Será el sábado, 11 de Marzo de 1899 a las ocho de la mañana en Vitigudino.


Pedro Manso según un dibujo publicado en el periódico "Noticiero Salmantino" el día de su ejecución

A partir de ese momento, los esfuerzos para conseguir el indulto de Pedro Manso se redoblan. Falta tan sólo una semana y un sector de la prensa azuza a las autoridades provinciales: “En el deseo de ahorrar un día de luto a la provincia y a Vitigudino, el repugnante espectáculo del patíbulo, acúdase de nuevo a los poderes públicos, en demanda de perdón para dicho desgraciado”. Y así se hace. Se dirigen telegramas al diputado a Cortes por Vitigudino, Sr. Cavestany, y a otras altas autoridades de la Corte para la consecución de dicha gracia.

Siguen pasando los días y los preparativos continúan. La maquinaria judicial no se para. Los periódicos van dando cuenta detallada de los diferentes pasos.

Martes, 7 de Marzo

Llega a Salamanca el verdugo de la Audiencia Territorial de Burgos, al estar vacante la plaza del que debía realizar la ejecución que era el de Valladolid. Curiosamente se apellida también Manso. Los periódicos dan algún dato más. “Tiene dicho verdugo 37 años de edad. Empezó a ejercer el ‘oficio’ a los 25 y lleva efectuadas 27 ejecuciones…… El jueves saldrá en el tren de Portugal de las cuatro y media de la tarde con dirección a Bogajo. Le acompañará el alguacil de esta Audiencia a quien se da el encargo de ser portador de su ejecutoria. Desde Bogajo se trasladarán en caballerías hasta Vitigudino……
... Según hemos oído, el Pedro Manso, a quien se tiene en el piso principal de la cárcel, sin grillos y sin esposas, ignora esté señalado ya el día para su traslación a Vitigudino… …No se han recibido todavía telegramas de contestación a los últimos expedidos a Madrid pidiendo nuevamente la concesión del indulto. La impresión general es que todavía hay alguna esperanza, fundada, a nuestro juicio, en la influencia y en el interés del diputado señor Cavestany”.

Miércoles, 8 de Marzo

Salen para Vitigudino dos escuadrones del regimiento Almansa de guarnición en Salamanca que serán los encargados de mantener el orden durante la ejecución.
Algunos diputados provinciales realizan un último y desesperado intento para conseguir el indulto. Se dirigen a ver al Obispo y el prelado se compromete a realizar nuevas gestiones ante el Ministro de Gracia y Justicia en tal sentido.

Jueves, 9 de Marzo

A las cinco de la mañana, Pedro Manso sale de la cárcel de Salamanca para ser trasladado en coche hacia Vitigudino. Lo hace esposado. En el interior del carruaje van cuatro guardias civiles, ocupando otros el pescante con el cochero. “Trabajo costó a los agentes de la autoridad –relata el Noticiero Salmantino- separar de la puerta de la cárcel a la desolada esposa del reo, que a todo trance quería despedirse y que se despidiera su hijo del Pedro”. Se preveía su llegada a Vitigudino alrededor de las cuatro o cinco de la tarde.

En la Diputación de Salamanca se recibe un telegrama de Madrid. Lo manda el diputado de Vitigudino en las Cortes. Dice así: “Leopoldo Alonso. Presidente Diputación. Trabajo cuanto puedo indulto reo Ituero. Temo no conseguirlo. Cavestany”. Una forma suave de decir que la suerte está echada. No habrá indulto de última hora..

Viernes, 10 de Marzo

Pedro Manso es puesto “en capilla” (consiste en estar aislado desde que se le notifica la sentencia de muerte hasta la ejecución, en cualquier pieza de la cárcel dispuesta como capilla). “Hace muy poco –telegrafiaba el corresponsal de El Noticiero Salmantino- que le acaba de ser leía la sentencia de muerte al reo de Ituero. Se hallaba recostado en la cama. La escuchó muy conmovido, prorrumpiendo en sollozos. El Juez procuró animarle, dirigiéndole palabras de consuelo. Hasta el momento de la lectura del terrible fallo y de ser puesto en capilla, no perdió Pedro Manso la esperanza de ser indultado y de regresar a esa ciudad. El Padre Segura, de la Compañía de Jesús, entró en la capilla; abrazó al reo y se quedó solo con él. Por lo que se oye, se va a descolgar medio partido a presenciar la ejecución”.
Por la tarde de dicho día “confesó con tranquilidad, demostrando verdadero arrepentimiento. Cenó a las ocho y media, pasando un rato hablando con gran sosiego y al parecer satisfecho y alegre. Al preguntarle los Jesuitas si deseaba algo en aquel momento pidió un vaso de leche, acostándose luego que lo hubo tomado.

El mismo día, por la tarde, se acomete la construcción del patíbulo. Parece ser que hubo alguna dificultad para hacerlo, pero no se nos dice cuál. Al final, ya de noche, quedó terminado. “Tiene media docena de escaleras. Su altura no excede de dos metros

También dicho día ir empieza a llegar ya gente para presenciar la ejecución. Pero también a marcharse. “Se han ausentado de esta villa algunas personas acomodadas, para no estar en la localidad, al hacerse la ejecución”.

Sábado 11 de Marzo

Durante la tarde noche del viernes y la madrugada del sábado “han llegado miles de almas de los pueblos inmediatos. Están entrando en la villa grandes caravanas de gentes, especialmente de la parte de la Ribera”.

El reo se levanta a las cuatro y media de la mañana. A las cinco oyó misa y comulgó. Poco antes de salir de la cárcel, el verdugo le intentó poner la hopa (una especie de capa o sotana). Según el código penal vigente los condenados a muerte, tenían que llevar está prenda durante la ejecución. Si el condenado lo era por parricidio (muerte dada a un pariente próximo) o por regicidio (muerte violenta dada al monarca o a su consorte, o al príncipe heredero o al regente) la hopa era de color amarillo con puntos rojos. En caso contrario la hopa era de color negro. Este último era el caso de Pedro Manso. “Al intentar ponérsele la hopa se mostró muy excitado, haciendo alguna resistencia. Dijo, que accedía a cuanto le pidieran, menos a dejarse poner dicha hopa. Al final accedió y el mismo ayudó a colocársela”.

A las ocho de la mañana, la comitiva se puso en marcha. Pedro Manso bajó las escaleras de la cárcel por su propio pié. Es ayudado por los sacerdotes a subir al carro que le esperaba a la puerta de la prisión, “presenciando el acto inmensa concurrencia, compuesta la mayor parte de forasteros”. Al llegar al lugar de la ejecución, bajó del carro, “subió al patíbulo tranquilo y sereno. Pidió que le perdonaran”.
Acto seguido, el verdugo se dispuso a ejecutar la sentencia: muerte a garrote. Consistía éste en un collar de hierro que, por medio de un tornillo, retrocedía produciendo la muerte al reo por la rotura del cuello de la víctima. Si la lesión producida aplastaba el bulbo o rompía la cervical con corte medular, se produce un coma cerebral y la muerte era instantánea. Pero la experiencia demostró que esto raramente ocurría, ya que la muerte solía sobrevenir por estrangulamiento.


A las ocho y treinta y cinco minutos todo había terminado. El Padre Segura dirige la palabra a la concurrencia, que se calcula de ocho a nueve mil almas. Van a decirse misas por el eterno descanso del infortunado reo”.

Según el código penal vigente, finalizada la ejecución, el cadáver debía permanecer en el patíbulo el resto del día, hasta una hora antes de oscurecer, momento en el que se le entregaban los restos a familiares o amigos si lo solicitaban, no pudiendo hacerse el entierro con pompa.

El cuerpo sin vida de Pedro Manso permaneció en el cadalso aproximadamente hasta las cuatro de la tarde, mientras la gente iba pasando y contemplándolo. Un telegrama del corresponsal del Noticiero Salmantino informa de que a las tres de la tarde seguían llegando forasteros para ver el cadáver de Pedro Manso.

Unos días más tarde, la Gaceta de Madrid publicaba un Real Decreto del Ministerio de Gracia y Justicia por el que se hacía oficial que la Reina Regente María Cristina, en nombre de su hijo el rey don Alfonso XIII había dispuesto “conmutar por la inmediata de cadena perpetua y accesorias correspondientes la pena de muerte impuesta en esta causa a Sebastián Sánchez, Manuel Sánchez y Tomás Pereña”.

No quisiera terminar este artículo sin realizar una pequeña reflexión al hilo de todo lo expuesto anteriormente. No voy a opinar ahora acerca de la culpabilidad o no de los procesados a pesar de las serias dudas que la lectura de las declaraciones textuales de procesados y testigos en el juicio, publicadas en la Prensa de la época, han generado en mí.

Supongamos que efectivamente eran culpables y que los hechos ocurrieron como relata el fiscal. ¿Cómo es posible que se ejecute a uno y se indulte a tres? ¿Es mas culpable el que le tapa la boca a la víctima que los que le sujetan los pies y las manos? Cuenta Victor Lucea Ayala en un artículo titulado “Reos, verdugos y muchedumbres…” publicado en la revista Zurita, un caso parecido ocurrido en Zaragoza en 1892. Cuatro condenados a muerte por asesinato. Indultan a dos. Los otros van a ser ejecutados. La gente se empieza a revolucionar y alborotar. Mercaderes, gentes del campo y estudiantes forman una gran manifestación. Miles de personas recorren las calles de la ciudad llevando pancartas que dicen “Perdón”, “Indulto para todos o para ninguno”... A su paso se van cerrando las tiendas en señal de luto. Las autoridades no encuentran gente dispuesta a levantar el patíbulo. Las tropas están acuarteladas. Telegramas a Madrid. A las pocas horas, respuesta de la reina regente: indulto para todos. Al final, se impuso el sentido común. Y aquí tuvo que haber sucedido lo mismo. Se debió de indultar también a Pedro Manso. Era lo lógico, lo sensato y lo justo.


M.S. Calderero Sánchez