Por falta de asistencia
a la sesión del día
10 de Agosto de 1881
En la villa de Villavieja a trece de Agosto de mil ochocientos ochenta y uno el Sr Alcalde Don Francisco Egido:
Resultando: Que los concejales Don Tomás Montero, Don Pedro Montero, Don Santiago Galache y Don Manuel García Sánchez no han asistido a la sesión ordinaria de este día ni alegado justa causa:
Considerando: Que se hallan por tal falta incursos en las responsabilidades determinadas en el art. 98 de la ley municipal.
Dicho Sr Alcalde acordó imponer e impuso a cada uno de los referidos tres (sic) concejales la multa de una peseta que harán efectiva en término de diez días en papel correspondiente apercibidos que de así no hacerlo serán apremiados en forma con el cinco por ciento diario haciéndose saber este proveido a los multados por medio de la oportuna papeleta. Así lo mandó y firmó el Sr. Alcalde Don Francisco Egido de que yo el secretario certifico.
Francisco Egido, Diego Blanco