Año 1592:
CATALINA HERNÁNDEZ, natural del lugar de Trancoso, Obispado de Viseu en Portugal, vezina de Villavieja, del Obispado de Ciudad Rodrigo, de edad de cinquenta anos, fue presa sin sequestro de bienes por el mes de octubre deste año de 1592 por informaçiones bastantes que contra ella hubo de ser casada dos vezes por palabras de presente, que hizieron verdadero matrimonio, la primera vez se casó en Portugal y la segunda en Villavieja. Constó ser vivo el primer marido quando se casó la segunda vez. Esta confitente, aunque dize que no sabía de cierto que quando se casó segunda vez fuesse vivo el primer marido, mas de que le habían dicho unos arrieros que lo hera. Recibida a prueba y se han enviado a ratificar los testigos. Se votó en conformidad a que la susodicha saliese al auto público de la fe, que de próximo se hiziese, en forma de penitente, con insignia de casada dos vezes y abjurase de levi,y le fuesen dados cien açotes por las calles acostumbradas desta villa de Llerena, y desterrada de Villavieja por tiempo de seis años precisos, y en quanto al vínculo del matrimonio se remitió al ordinario.
Año 1603:
Domingo GARCÍA, vezino de Villavieja, obispado de Çiudad Rodrigo, se delató de su voluntad de que aviendo tenido çierta pendencia en la dicha villa y salido herido della y aviéndolo preso lo soltaron otro día, y estando en la cama de la herida y un tío suyo y su madre riñéndole por la pendencia que avia tenido y causas della, y que viéndose aflixido avia dicho -dexénme, reniego de Dios-. Examináronse los que dixo estavan presentes, que era el tío y la madre y su propia muger. Héchose su causa con él diéronsele en publicación los testigos, confesólo como lo tema confesado y concluyó definitivamente, era cristiano viejo. Fue condenado a que abjurase de levi oyese una misa en la iglesia catedral de Ciudad Rodrigo en forma de penitente con una mordaza en la lengua y fuese gravemente reprehendido y advertido de lo que devia tener y creer. Executóse.
Francisco SÁNCHEZ, texedor y peinador, vezino de Villavieja, se delató de que no sabía en qué parte ni ante qué personas dixo que el estado del matrimonio era Santo y bueno y lo avia instituido Dios, y que las religiones las avian instituido los Sanctos para servir a Dios, y ansí por lo aver instituido Dios le parescía que era mexor aunque ambos tenia por buenos. Hízose su causa con él y en todo el discurso dell dixo lo mesmo y concluyó definitivamente, fue condenado a que fuese reprehendido y advertido de lo que devia tener y creer Executóse.
Año 1604:
Pedro GARÇON, labrador, vezino de Villa Vieja, Obispado de Ciudad Rodrigo de edad de cinquenta años se delató en la visita que hizo el Inquisidor Licd. Don Simón de Gaztelu nro. colega en Çiudad Rodrigo, de que tratando de las necesidades de las gentes dixo que todo lo que Dios avia hecho estava muy bien hecho, si no era aver repartido los bienes de manera que unos le ofendían con riqueza y otros con pobreza. Después de su delación fue testificado por dos testigos varones que dizen lo mesmo en sustancia. Calificóse esta proposición por herética, y visto se votó a que se hiziese su causa con él, en la primera audiencia confesó su delaçión y hecha la causa en forma conclusa en consulta se votó que en la sala del audiencia abjurase de levi y fuese gravemente reprehendido. Executóse.
Año 1614:
Gaspar RODRÍGUEZ, de oficio çapatero, natural y vezino de Villavieja, Obispado de Ciudad Rodrigo, de edad dé quarenta años fue testificado por denunçiaçión del fiscal del Obispo de Ciudad Rodrigo ante su Provisor por tres testigos varones mayores, de que yendo camino de Çiudad Rodrigo se toparon con el reo y trataron del estado de los religiosos y casados y obstinadamente había sostenido 'que le parescía que mas servía a Dios un buen casado que un mal sacerdote'. Acusóle el fiscal y hizieronse en su causa las demás diligençias de ratificar testigos y defensas en la dicha audiençia, y estando para sentençiar el obispo de la dicha Çiudad Rodrigo la remitió a este tribunal con carta en que decía que tenía parescer de hombres doctos que el conocimiento desta causa "insulidum", era suyo y que con todo ésto la remitía a el tribunal, a quien pedia siendo ansí se la remitiesse. Respondiósele que el decir que el estado del casado era mexor y más perfecto que el del clérigo Religioso, bien sabía S.Sa. era herror en la fe y heregía de Martin Lutero, y que por tal se publicaba en los edictos del Sto. Offício, y que por ser la primera y cossa de Su Sa. no se hazía mas demostración con el Provisor, y así se lo advirtiese y mandase que de aquí adelante no se metiese en semejantes causas ni en otra ninguna que tocase al Sto. Off°., sopeña que sería castigado. Abiendo parescido el reo en el tribunal en treçe de noviembre pasado deste año, se tubo con él una audiencia, y en ella dixo quee avía benido a este Sto. Off °. a que se determinase un proceso en que le imputavan que avia dicho que era más perfecta la vida del casado que la del clérigo, el qual se avía hecho en la dicha çiudad antel Provisor della y que lo que avia dicho no avia sido sino que para ser uno de mal sacerdote que no acudía a las necesidades de sus hermanos y no hazer sus cosas bien hechas, que más serviçio de Dios era un buen casado, y que esto avía sido en el campo dos leguas de la dicha ciudad, y que venía a pedir misericordia dello, y en quinçe del dicho mes se votó a quel esta causa se suspendiese y que en la sala del audiençia sin sentençia fuese reprehendido y advertido para adelante. Executóse.
Según Feliciano Sierro la visita del Inquisidor Lcdo. Juan Santos de San Pedro a Ciudad Rodrigo en 1623 trajo como consecuencia principal el supuesto descubrimiento, años después, de una amplia complicidad de judeoconversos, llamada "Complicidad de Ciudad Rodrigo" por la Inquisición. Los grupos de judaizantes que de vez en cuando se detectaban en una ciudad, regularmente tenían ramificaciones en otras, al estar ligados los conversos por vínculos de parentesco, sobre todo cuando se trataba de judaizantes de origen portugués. La “Complicidad de Ciudad Rodrigo" tuvo una derivación en otra llamada “Complicidad de Villavieja" Desgraciadamente el estudio de estas complicidades no ha sido aún publicado por D. Feliciano Sierro (o por lo menos, no tenemos conocimiento de ello)